STSJ Comunidad de Madrid 178/2012, 2 de Marzo de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución178/2012
Fecha02 Marzo 2012

ribunal Superior de Justicia de Madrid

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección Primera

C/ General Castaños, 1 - 28004

33009710

NIG: 28.079.33.3-2011/0175067

Procedimiento Ordinario 420/2011

Demandante: D./Dña. Emilio

PROCURADOR D./Dña. JORGE DELEITO GARCIA

Demandado: Ministerio del Interior

Sr. ABOGADO DEL ESTADO

SENTENCIA Nº 178/2012

Presidente:

D. FRANCISCO JAVIER CANABAL CONEJOS

Magistrados:

D. JOSÉ ARTURO FERNÁNDEZ GARCÍA

D. FAUSTO GARRIDO GONZÁLEZ

D. ALFREDO ROLDÁN HERRERO

En la Villa de Madrid, a dos de marzo de dos mil doce.

VISTOS por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid los autos del recurso contencioso- administrativo 420/2011 promovido por el procurador de los tribunales don Jorge Delito García, en nombre y representación de DON Emilio, contra la resolución, de 17 de noviembre de 2010, de la Secretaria de Estado de Seguridad que desestima el recurso de alzada formulado contra la resolución, de 19 de agosto de 2010, del Director General de la Policía y de la Guardia Civil, actuando por delegación suya el Comisario general de Seguridad Ciudadana, que acordaba denegar la solicitud presentada el 4 de agosto de 2010 por dicho actor de habilitación y expedición de la tarjeta de identidad profesional como jefe de seguridad; habiendo sido parte demandada la ADMINISTRACION GENERAL DEL ESTADO, representada y defendida por el Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el recurrente arriba expresado se interpuso ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña recurso contencioso-administrativo contra las resoluciones antes mencionada. Por dicho Tribunal se dictó auto de fecha 28 de marzo de 2011, declarando la incompetencia de dicho órgano para examinar este recurso y remitiendo las actuaciones a esta Sala, la cual acordó su admisión a trámite.

SEGUNDO

En el momento procesal oportuno se requirió a la parte actora para que formalizara la demanda, lo que llevó a efecto mediante el pertinente escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó oportunos, terminó solicitando, en esencia, que se dictara sentencia por la que se anule la resolución recurrida y se dicte otra reconociendo el derecho del recurrente a ser tenido habilitado con todos los efectos legales como Jefe de Seguridad, con la determinación de los demás pronunciamientos oportunos.

TERCERO

A continuación se confirió traslado a la Abogacía del Estado, en la representación que ostentaba de la Administración General del Estado, lo que se verificó por escrito en el que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró pertinentes, la parte terminó suplicando sentencia desestimando el recurso contencioso administrativo interpuesto y confirmando la legalidad del acto impugnado.

CUARTO

Mediante auto se fijó la cuan tía del procedimiento en indeterminada. Recibido el juicio a prueba, se practicaron aquellos medios de prueba que admitidos su resultado obra en autos. Seguidamente, quedaron los autos pendientes de señalamiento para votación y fallo, lo que se verificó para el día 1 de marzo de 2012, fecha en que tuvo lugar.

Ha sido ponente de esta sentencia el Ilmo. Sr. Dº JOSÉ ARTURO FERNÁNDEZ GARCÍA, magistrado de esta Sección, quien expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto del presente recurso contencioso-administrativo

la resolución, de 17 de noviembre de 2010, de la Secretaria de Estado de Seguridad que desestima el recurso de alzada formulado contra la resolución, de 19 de agosto de 2010, del Director General de la Policía y de la Guardia Civil, actuando por delegación suya el Comisario General de Seguridad Ciudadana, que acordaba denegar la solicitud presentada el 4 de agosto de 2010 por el recurrente arriba reseñado de habilitación y expedición de la tarjeta de identidad profesional como jefe de seguridad.

El citado interesado, no obstante haber superado las pruebas, no cumplía, según...

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