SAP A Coruña 221/2012, 16 de Mayo de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución221/2012
Fecha16 Mayo 2012

CORUÑA 4

Rollo: RECURSO DE APELACIÓN 162/12

S E N T E N C I A

Nº 221/12

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCION CUARTA CIVIL-MERCANTIL

Ilmos. Sres. Magistrados

D. JOSE LUIS SEOANE SPIEGELBERG

D. CARLOS FUENTES CANDELAS

D. ANTONIO MIGUEL FERNÁNDEZ MONTELLS Y FERNÁNDEZ

En A Coruña, a dieciséis de mayo de dos mil doce.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 004, de la Audiencia Provincial de A CORUÑA, los Autos de VERBAL DESAHUCIO FALTA PAGO 0001174 /2010, procedentes del XDO. PRIMEIRA INSTANCIA

N. 4 de A CORUÑA, a los que ha correspondido el Rollo RECURSO DE APELACION (LECN) 0000162 /2012, en los que aparece como parte demandada apelante, DON Moises, representado en ambas instancias por el Procurador de los tribunales, Sr./a. PALOMA RODRIGUEZ PUENTE, asistido por el Letrado D. CRISTOBAL MARÍA CADARSO ARROJO, y como parte demandante no personada, DON Jesús Ángel, representado en 1ª instancia por el Procurador de los tribunales, Sr./a. JESÚS MANUEL BLANCO PÉREZ, asistido por el Letrado D. TERESA MERLO VARELA, sobre DESAHUCIO POR FALTA DE PAGO Y RECLAMACIÓN DE RENTAS, siendo Magistrado/a Ponente el/la Ilmo./Ilma. D./Dª CARLOS FUENTES CANDELAS.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan y dan por reproducidos los antecedentes de hecho contenidos en la resolución apelada, dictada por el JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 4 DE A CORUÑA, de fecha 3/11/10. Su parte dispositiva literalmente dice: "Que estimando la demanda presentada por el procurador SR. JESÚS MANUEL BLANCO PÉREZ en nombre y representación de D. Jesús Ángel debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento suscrito entre las partes, y en consecuencia debo condenar y condeno al demandado don Moises a que abone y deje libre y a disposición del demandante el piso NUM000 NUM002 del nº NUM001 de la CALLE000, de esta ciudad, dentro del plazo legal, con apercibimiento de lanzamiento. Y debo condenar y condeno al demandado don Moises a que abone al demandante la cantidad de 3.555,91 euros (TRES MIL QUINIENTOS CIENTA Y CINCO EUROS CON NOVENTA Y UN CÉNTIMOS) más los intereses legales desde la interposición de la demanda. Con imposición de costas al demandado."

SEGUNDO

Contra la referida resolución por DON Moises, se interpuso recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial que le fue admitido, elevándose los autos a este Tribunal, pasando los autos a ponencia para resolución.

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