AAP Santa Cruz de Tenerife 208/2010, 12 de Julio de 2010

PonenteMARIA LUISA SANTOS SANCHEZ
ECLIES:APTF:2010:916A
Número de Recurso414/2010
ProcedimientoCUESTIóN DE COMPETENCIA
Número de Resolución208/2010
Fecha de Resolución12 de Julio de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Santa Cruz de Tenerife, Sección 3ª

AUTO Nº. 208/2010

Iltmas. Sras.

Presidenta:

Dª. María Del Pilar Muriel Fernández Pacheco

Magistradas:

Dª. Macarena González Delgado

Dª. María Luisa Santos Sánchez (Ponente)

En Santa Cruz de Tenerife, a 12 de julio de 2010 .

Dada cuenta; y

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 5 de mayo de 2010, por el Juzgado de Primera Instancia número 9 de Santa Cruz de Tenerife, en los autos de juicio cambiario número 1.176/2008, se dictó Auto que declaraba la incompetencia territorial de ese Juzgado para conocer de la demanda de juicio cambiario formulada por la representación procesal de Banco Santander, S.A. contra Geprocan Canarias, S.L., considerando territorialmente competente al Juzgado Decano de La Laguna, remitiéndose las actuaciones a este último, tras oír a la parte demandante, a la que se hizo saber que si deseaba la prosecución del proceso debía comparecen en el Juzgado declarado competente por medio de procurador y abogado habilitados para actuar en ese territorio.

SEGUNDO

Con fecha 2 de junio de 2010, por el Juzgado de Primera Instancia número cinco de La Laguna, se dictó Auto por el que se declara la incompetencia territorial de ese Juzgado para conocer de la demanda presentada por el Banco Santander S.A. contra la entidad Geprocan S.L., entendiendo que, a los efectos de la competencia territorial en el presente juicio cambiario, había de mantenerse el domicilio de esta última, sito en Santa Cruz de Tenerife, y no el de su administrador, acordándose la notificación a la parte demandante y la remisión de los autos a esta Ilma. Audiencia Provincial para la resolución del conflicto negativo de competencia territorial.

TERCERO

Recibidos los autos en esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial, se designó como Ponente a la Ilma. Sra. Magistrada Dª. María Luisa Santos Sánchez, señalándose para votación y fallo, el día doce de julio del corriente año.

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

La revisión de lo actuado pone de manifiesto que la parte actora presentó la demanda de juicio cambiario ante los Juzgados de Santa Cruz de Tenerife por encontrarse en esta ciudad el domicilio de la entidad demandada (según refiere en el encabezamiento, en relación con el fundamento de derecho primero de ese escrito inicial), resultando turnado al Juzgado de Primera Instancia nº 9 de ese partido judicial. Ante el resultado negativo de la diligencia de requerimiento de pago de fecha 26 de febrero de 2009, se acordó dar vista a la parte demandante a fin de que facilitara un nuevo domicilio del demandado o instara lo que a su derecho conviniera, solicitando dicha parte la práctica de la diligencia a través de su administrador, cuyo domicilio radica en el partido judicial de La Laguna, habiendo decidido el citado Juzgado nº9, después de dar audiencia a la parte demandante y al Ministerio Fiscal sobre la posible incompetencia territorial para conocer de la...

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