SAP Barcelona 1234/2010, 5 de Noviembre de 2010

JurisdicciónEspaña
Número de resolución1234/2010
Fecha05 Noviembre 2010

AUDIENCIA PROVINCIAL

BARCELONA

SECCIÓN VEINTE

ROLLO Nº 483/09

PROCEDIMIENTO ABREVIADO Nº 95/09

JUZGADO DE LO PENAL Nº 25 BCN

APELANTE: Isabel, Y Sergio

Magistrado ponente:

ÀNGELS VIVAS LARRUY

SENTENCIA Nº 1234/10

Ilmos. Srs./Sras.

D. FERNANDO PÉREZ MAIQUEZ

Dña. ÀNGELS VIVAS LARRUY

Dña. CARMEN ZABALEGUI MUÑOZ

Barcelona, a 5 de noviembre de 2010

VISTO el presente Rollo de Apelación nº 483/09, dimanante del Procedimiento Abreviado nº 95/09 del Juzgado de lo Penal nº 25 BCN seguido por maltrato, en el

que se dictó sentencia el día 5.5.09. Ha sido partes apelantes Isabel y Sergio .;

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la sentencia apelada, a la que anteriormente se ha hecho mención, dice lo siguiente: "FALLO: Condeno a Sergio con imposición de las costas procesales, incluidas las de la acusación particular, como autor de un delito de lesiones contra la que fuera su pareja sentimental, previsto en el artículo 153.1 del CP sin concurrencia de circunstancias a la pena de 60 días de trabajos en beneficio de la comunidad, previamente su aceptación `por parte del acusado para el caso de que no fueran aceptados impongo la pena de nueve meses de prisión impongo a Sergio, la pena accesoria de prohibición de aproximarse a la victima Isabel a una distancia inferior a 1000 metros en cualquier lugar donde se encuentre, así como de acercarse a su domicilio, a su lugar de trabajo y a cualquier otro que sea frecuentado por ella por el tiempo de 21 meses (un año por encima de la pena privativa de libertada). En el el concepto de responsabilidad civil Sergio indemnizará a Isabel en la cantidad de 800 euros con el abono de los intereses legales que procedan.".

SEGUNDO

Notificada dicha resolución, contra la misma se interpuso recurso de apelación por las partes apelantes ya indicadas en el encabezamiento de esta resolución, que se tramitó conforme a derecho. Posteriormente la causa se elevó a esta Audiencia Provincial. TERCERO.- Recibidas las diligencias en esta Sección Veinte de la Audiencia, a la que correspondió el conocimiento del recurso, se dictó providencia incoando el presente Rollo de Apelación y con arreglo al turno de reparto previamente establecido se me nombró magistrada ponente; y no habiéndose solicitado prueba en esta alzada, la celebración de vista no se consideró necesaria por este tribunal, quedando pendiente la deliberación y votación del recurso, lo que se ha realizado en el día de la fecha.

Como magistrada ponente, en la presente resolución expreso el criterio unánime del Tribunal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

SE ACEPTAN y se dan por reproducidos en esta alzada los hechos que se han declarado probados en la sentencia apelada. También sus fundamentos jurídicos en cuanto no se opongan a los de la presente, y

PRIMERO

Frente a la sentencia de instancia se alza la representación del apelante, Sergio

condenado en la misma como autor de maltrato, alegando como únicos motivos de impugnación el error en la apreciación de las pruebas y la vulneración del derecho a la presunción de inocencia. Acaba su recurso solicitando de este tribunal que se revoque la sentencia de instancia y en su lugar se dicte otra absolviéndole del citado delito por el que ha sido condenado. Alega en síntesis que no se ha realizado prueba de cargo suficiente para enervar la prsunciónde inocencia, y que pueden haber concurrido móviles espurios en la perjudicada.

En este caso constan la declaración de la perjudicada, no la del acusado que no acudió a juicio, la documental médica, así como la documental consistente en el reportaje fotográfico realizado por la policía como consta en la sentencia. Como hemos dicho en otras ocasiones, el recurso de apelación autoriza al Tribunal ad quem a revisar...

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