STSJ Castilla y León 202/2012, 20 de Abril de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución202/2012
Fecha20 Abril 2012

SENTENCIA

En la Ciudad de Burgos a veinte de abril de dos mil doce.

En el recurso contencioso administrativo número 229/11 interpuesto por la mercantil Compañía Internacional de Bienes Raíces S.A. representada por la Procuradora Doña Carolina Aparicio Azcona y defendida por la Letrada Doña Laura Torres Díaz-Regaño contra la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Castilla y León, Sala de Burgos de 27 de enero de 2011 por la que se desestima la reclamación económico administrativa seguida con el nº 40/329/2010 contra el acuerdo del Servicio Territorial de Hacienda de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Segovia de fecha 14 de enero de 2010 por la que se desestima el recurso de reposición interpuesto contra la liquidación provisional 40-IND6-TPA-LAJ-07-000025 por importe de 3.079,05 euros, practicada por la modalidad de actos jurídicos documentados, en concepto de adjudicación de parcelas, en el expediente 40-IND6-PRE-PRE-06-016358; habiendo comparecido como parte demandada la Comunidad Autónoma de Castilla y León representada y defendida por el Letrado de la Comunidad Autónoma en virtud de la representación que por ley ostenta.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte demandante se interpuso recurso contencioso administrativo ante esta Sala el día 12 de abril de 2011.

Admitido a trámite el recurso se dio al mismo la publicidad legal, se reclamó el expediente administrativo; recibido, se confirió traslado al recurrente para que formalizara la demanda, lo que efectuó en legal forma por medio de escrito de fecha 6 de julio de 2011 que en lo sustancial se da por reproducido y en el que terminaba suplicando se dicte sentencia por la que estimando las pretensiones que se formulan se anule la resolución dictada el 27 de enero de 2011 por el Tribunal Económico Administrativo Regional de Castilla y León, Sala de Burgos desestimatoria de la reclamación económico administrativa número 40/329/2010, así como la resolución de 14 de enero de 2010 dictada por el Jefe de la Sección de Impuestos Indirectos del Servicio Territorial de Hacienda de Segovia y la liquidación provisional del impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados, con clave de liquidación 40-IND6-TPA-LAJ-07-000025 de la que resultó una deuda tributaria de 3.079,05 euros, por ser todas ellas contrarias a derecho.

SEGUNDO

Se confirió traslado de la demanda por termino legal a la parte demandada que contestó a la demanda a medio de escrito de 14 de septiembre de 2011 oponiéndose al recurso solicitando la desestimación del mismo en base a los fundamentos jurídicos que aduce.

TERCERO

Una vez dictado Auto de fijación de cuantía, y no habiéndose solicitado el recibimiento del pleito a prueba, y si presentación de conclusiones tras su presentación, quedaron los autos conclusos para sentencia, y no pudiéndose dictar ésta en el plazo de diez días previsto en el art. 67.1 de la Ley 29/98, al existir recursos pendientes de señalamiento para Votación y Fallo con preferencia, y puesto que el art. 64.3 de la misma Ley, establece que tal señalamiento se ajustará al orden expresado en el apartado 1 del artículo anterior y existiendo en la Sala recursos conclusos de fecha anterior, y por tanto con preferencia para efectuar su señalamiento al de este recurso, quedaron los autos pendientes de señalamiento de día para Votación y Fallo, para cuando por orden de declaración de conclusos correspondiese, habiéndose señalado el día 12 de abril de 2012 para votación y fallo, lo que se efectuó. Se han observado las prescripciones legales en la tramitación de este recurso.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Es objeto del presente recurso contencioso administrativo la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Castilla y León, Sala de Burgos de 27 de enero de 2011 por la que se desestima la reclamación económico administrativa seguida con el nº 40/329/2010 contra el acuerdo del Servicio Territorial de Hacienda de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Segovia de fecha 14 de enero de 2010 por la que se desestima el recurso de reposición interpuesto contra la liquidación provisional 40-IND6-TPA-LAJ-07-000025 por importe de 3.079,05 euros, practicada por la modalidad de actos jurídicos documentados, en concepto de adjudicación de parcelas, en el expediente 40-IND6-PRE-PRE-06-016358.

Alega la recurrente la nulidad de la liquidación de la que trae causa la resolución recurrida por haber sido dictada en un procedimiento caducado al haber trascurrido más de seis meses desde que se notificó el proyecto de liquidación, 16 de febrero de 2007, hasta que se notifico la liquidación provisional, el 20 de noviembre de 2009.

En segundo lugar se insiste en la nulidad de la liquidación por estar exenta del impuesto la operación objeto de liquidación.

La Letrada de la Comunidad Autónoma de Castilla y León opone en primer lugar la inadmisibilidad de la alegación de caducidad del procedimiento de liquidación por ser una cuestión no planteada en la vía administrativa, y en cuento a la liquidación defiende la no exención por tratarse de una liquidación por actos jurídicos documentados que no entrañan transmisión de la propiedad, que es precisamente lo que justifica la exención por inexistencia del hecho imponible.

SEGUNDO

Los hechos de los que se deriva el presente recurso son en esencia los siguientes. Con fecha 7 de noviembre de 2006 el Alcalde del Ayuntamiento de Vegas de Matute, Segovia, el Presidente de la Comunidad de Propietarios del Bloque B del Apartotel Faro de Castilla y las mercantiles Promociones Náuticas S.A., Promotora Inmobiliaria Matas Verdes S.A., Promotora Inmobiliaria La Mezquita S.A. y la recurrente, Compañía Internacional de Bienes Raíces S.A. otorgaron ante el Notario de Madrid Don Miguel Angel Rodríguez García una escritura publica por la que después de describir una serie de fincas existentes dentro de la Unidad de Actuación U.A.A.7 del Plan parcial de la fase IV del Complejo Urbanístico Residencial de lo Angeles de San Rafael, y poner de manifiesto las actuaciones administrativas aprobatorias del proyecto de reparcelación de la Unidad de Actuación. Recogen la segregación que efectúa Promotora Inmobiliaria la Mezquita SA de 95.000 metros cuadrados de una parcela denominada finca el Carrascal sita en el termino municipal de Vegas de Matute, Segovia, que se ve afectada por la Unidad de Actuación U.A.A.7 para su integración en la misma. Seguidamente recogen la reparcelación y descripción de las fincas resultantes de la misma. Y por último Adjudican las fincas resultantes de la reparcelación a los distintos participes.

En el expediente solo consta que con fecha 22 de noviembre de 2006, en nombre de Promotora Inmobiliaria la Mezquita se presento declaración como exenta en concepto según descripción de Segregación U.A.A.7 nº de protocolo 1951.

Con fecha 16 de febrero de 2007 se formula proyecto de liquidación identificado como 40-IND6-TPA-LAJ-07-000025, por el impuesto de Actos Jurídicos Documentados en el que se describe como hecho imponible Documento notarial extinción de condominio.

Proyecto de liquidación en el que se toma como base el porcentaje de participación de la recurrente en el valor de bien adjudicado a la recurrente por representar su participación en los bienes objeto de la escritura en concreto el valor del Bien descrito como numero 8) Manzana 65 finca registral 4797 del registro de la propiedad nº 3 de Segovia.

Dicho proyecto de liquidación fue notificado para alegaciones en de febrero de 2007.

Con fecha 14 de marzo de 2007 la recurrente junto con las otras promotoras otorgantes de la escritura presentaron escrito de alegaciones respecto del proyecto de liquidación 40-IND6-TPA-LAJ-07-000039.

Con fecha 10 de noviembre de 2009 se gira liquidación provisional 40-IND6-TPA-LAJ-07-000025 que es notificada con fecha 20 de noviembre de 2009. Con fecha 18 de diciembre de 2009 se presenta en la Oficia de Correos de Madrid...

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