SAP Sevilla 387/2011, 14 de Octubre de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución387/2011
Fecha14 Octubre 2011

AUDIENCIA PROVINCIAL SEVILLA

Sección Segunda

S E N T E N C I A Nº 387

PRESIDENTE ILTMO. SR.

DON MANUEL DAMIÁN ÁLVAREZ GARCÍA.

ILTMOS SRES. MAGISTRADOS

DON RAFAEL MÁRQUEZ ROMERO

DON ANDRÉS PALACIOS MARTÍNEZ

REFERENCIA:

JUZGADO DE PROCEDENCIA: 1ªInst. 17 de Sevilla

ROLLO DE APELACIÓN Nº 3963/11-A

JUICIO Nº 673/10

En la Ciudad de Sevilla a 14 de Octubre de dos mil once.

Visto, por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Sevilla, Juicio de familia sobre divorcio contencioso procedente del Juzgado de Primera Instancia referenciado, donde se ha tramitado a instancia de D. Vicente, representado por la Procuradora Doña Inmaculada Ruiz Lasida, que en el recurso es parte apelada, contra Doña Estefanía, representada por la Procuradora Mauricia Ferreira Iglesias, que en el recurso es parte apelada y siendo parte el Mº Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia dictó sentencia el dia 22 de diciembre de 2010, en el

juicio antes dicho, cuya parte dispositiva es como sigue: "Que, estimando en parte la demanda de DIVORCIO instados por el Procurador Sra INMACULADA RUIZ LASIDA en nombre y representación de D. Vicente frente a su cónyuge Dª Estefanía siendo parte el MINISTERIO FISCAL; debo declarar y declaro disuelto, por DIVORCIO, el matrimonio contraído por ambos con los efectos inherentes a tal declaración, estableciéndose://

  1. - Se atribuye a la madre Dª Estefanía la guarda y custodia del hija siendo la patria potestad compartida.//

  2. - Se atribuye el uso de la vivienda y ajuar familiar sito en AVENIDA000, nº NUM000, bloque NUM001, NUM002 Sevilla, a Doña Ester hasta la liquidación de gananciales. La hipoteca y cargas atribuidas a la propiedad se abonarán al 50%. Los gastos derivados del uso serán abonados por Doña Estefanía .// 3.-Régimen de Comunicaciones y Estancias con el progenitor con el que no convive habitualmente: //

    Un Fin de semana al mes, desde el viernes hasta el domingo, se entiende el primer fin de semana aquél en el que desde el viernes al domingo corresponda a ese mes. A no ser que sea puente escolar o fin de semana largo, y en tal caso, se disfrutará en dichos periodos, con excepción del puente de Pilar que será alternativo con cada progenitor por ser el cumpleaños de la menor, comenzando el padre para el año dos mil once. // Vacaciones escolares:// Las Navidades : En los casos en que el padre se la conceda por la empresa la reducción de jornada en Navidad, pasará la niña con el padre los días que se le concedan.// Verano

    : En los años pares, la niña estará con el padre la última semana de agosto y la primera de septiembre. En los años impares, la niña estará con el padre la última semana de julio y la primera semana de agosto. Interrumpiéndose el sistema de fin de semana al mes en los meses en los que disfrute la semana de vacaciones con la menor.//

  3. - D. Vicente abonará, en concepto de alimentos para la menor, a Doña Estefanía la cantidad mensual de 400#, por 12 mensualidades, actualizables conforme al IPC a primeros de cada año, pagaderos en los cincos primeros días de cada mes, haciéndose efectivo mediante transferencia en cuenta corriente designada al efecto a nombre de la abuela materna.// Los gastos extraordinarios serán por mitad, entendiendo como tales los educativos y sanitarios no cubiertos por el sistema público. No se consideran gastos extraordinarios las matrículas escolares, libros o material escolar. Las actividades extraescolares no necesarias se abonarán al 50% siempre y cuando exista consentimiento fehaciente de ambos progenitores.// Todo ello sin hacer expresa imposición de costas."

SEGUNDO

Interpuesto recurso de apelación y admitido a trámite, el Juzgado realizó los preceptivos traslados y una vez transcurrido el plazo elevó los autos a esta Sección de la Audiencia, donde se formó rollo y se ha turnado de ponencia. Tras la votación y fallo quedó visto para sentencia.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.

Visto, siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. MANUEL DAMIÁN ÁLVAREZ GARCÍA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la sentencia de primer grado, que decreta el divorcio y adopta medidas reguladoras

de sus efectos, interpone recurso...

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