SAP Madrid 65/2012, 31 de Enero de 2012

PonenteMARIA ISABEL FERNANDEZ DEL PRADO
ECLIES:APM:2012:2524
Número de Recurso619/2011
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución65/2012
Fecha de Resolución31 de Enero de 2012
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 10ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 10

MADRID

SENTENCIA: 00065/2012

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE MADRID

Sección 10

1280A

C/ FERRAZ 41

Tfno.: 914933847-48-918-16 Fax: 914933916

N.I.G. 28000 1 0007288 /2011

Rollo: RECURSO DE APELACION 619 /2011

Autos: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 2290 /2008

Órgano Procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 1 de MADRID

De: Ramón

Procurador: LUIS PIDAL ALLENDESALAZAR

Contra: Carlos Antonio

Procurador: LUCIANO ROSCH NADAL

Ponente : ILMA. SRA. Dª Mª ISABEL FERNÁNDEZ DEL PRADO

SENTENCIA

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. JOSÉ MANUEL ARIAS RODRÍGUEZ

D. ÁNGEL VICENTE ILLESCAS RUS

Dª Mª ISABEL FERNÁNDEZ DEL PRADO

En MADRID, a treinta y uno de enero de dos mil doce.

La Sección Décima de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos nº 2290/08, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como demandante-apelante D. Ramón, representado por el Procurador D. Luis Pidal AllendeSalazar y defendido por Letrado, y de otra como demandado-apelado D. Carlos Antonio, representado por el Procurador D. Luciano Rosch Nadal y defendido por Letrado, seguidos por el trámite de juicio ordinario. VISTO, siendo Magistrada Ponente la Ilma. Sra. Dª Mª ISABEL FERNÁNDEZ DEL PRADO.

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Madrid, en fecha 6 de abril de 2011, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: FALLO : "Desestimo la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Pidal Allendesalazar en nombre y representación de D. Ramón contra D. Carlos Antonio, absolviendo libremente al demandado de los pedimentos contra él aducidos y con expresa condena en costas al actor.".

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandante. Admitido el recurso de apelación en ambos efectos, se dio traslado del mismo a la parte apelada. Elevándose los autos ante esta Sección, para resolver el recurso.

TERCERO

Por providencia de esta Sección, de fecha 29 de noviembre de 2011, se acordó que no era necesaria la celebración de vista pública, quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 17 de enero de 2012.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La demanda iniciadora de este procedimiento fue formulada por D. Ramón contra D.

Carlos Antonio, interesando la constitución de un fondo ante cualquier entidad bancaria y de ahorro por importe de 895.342,94 #, debiendo constar como usufructuaria vitalicia Doña Julia y como nudo propietarios, por cuartas partes iguales, Doña Azucena, Doña Fátima, D. Ramón y D. Carlos Antonio .

La sentencia dictada en primera instancia, en fecha 6 de abril de 2011, desestimó la demanda, estimando la excepción de falta de legitimación activa alegada por la parte demandada. Contra dicha sentencia se ha formulado recurso de apelación que es objeto de la presente resolución.

SEGUNDO

La parte recurrente considera que la sentencia de instancia ha llevado a cabo una aplicación errónea del artículo 482 C.Civil, relativo al usufructo; además, entiende que el actor está legitimado como heredero, porque beneficia a la comunidad hereditaria, aún cuando alguno de los herederos haya renunciado al derecho a exigir la constitución del fondo a que viene obligado D. Ramón .

En cuanto a la legitimación de la actora, no podemos obviar el contenido de los artículos 659 y 661

C.Civil, según los cuales, "La herencia comprende todos los bienes, derechos y obligaciones de una persona, que no se extingan por su muerte" y "Los herederos suceden al difunto por el hecho sólo de su...

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