AAP Barcelona 11/2012, 24 de Enero de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución11/2012
Fecha24 Enero 2012

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA

SECCIÓN PRIMERA

Recurso de apelación nº 189/2011

Procedente del procedimiento nº 1033/2010

Tramitado por el Juzgado de 1ª Instancia nº 3 de BARCELONA

A U T O Nº 11

Barcelona, 24 de enero de 2012

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Barcelona, formada por los Magistrados DÑA. Mª DOLORS PORTELLA LLUCH, D. ANTONIO RECIO CORDOVA y D. ENRIC ALAVEDRA FARRANDO, actuando la primera de ellos como Presidente del Tribunal, ha visto el recurso de apelación nº 189/2011 interpuesto contra el auto dictado el día 10-12-2010 el procedimiento nº 1033/2010, tramitado por el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Barcelona en el que es recurrente Dª. Vicenta y apelado D. Juan Carlos y previa deliberación pronuncia en nombre de S.M. el Rey de España el siguiente

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El auto antes señalado, tras los correspondientes Fundamentos de Derecho, establece en su parte dispositiva lo siguiente: PARTE DISPOSITIVA: DESESTIMAR la medida solicitada por el Procurador de los Tribunales, D. JOAN JOSPE CUCALA PUIG, en nombre y representación de Dª Vicenta, consistente en que se dicte Auto por el cual se declare sustituida la retención de la que esta demanda es oposición, por la hipoteca de máxima referida, por ser ésta una garantía real de la naturaleza y efectos previstos en el artículo 569.11 del CCC, declarando de forma expresa que el demandado no puede oponer el derecho de retención referido frente a terceros por haberse sustituido la retención por otro derecho real" frente al demandado, D. Juan Carlos, con condena en las costas causadas en el incidente a la solicitante.".

SEGUNDO

Las partes antes identificadas han expresado en sus respectivos escritos de apelación y, en su caso, de contestación, las peticiones a las que se concreta su impugnación y los argumentos en los que las fundamentan, que se encuentran unidos a los autos.

Fundamenta la decisión del Tribunal el Ilmo. Sr. Magistrado Ponente D. ENRIC ALAVEDRA FARRANDO

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La representación de Dª Vicenta, solicita en la instancia que se dicte Auto por el cual se declare sustituida la retención posesoria por la hipoteca unilateral de máximo sobre una finca de su propiedad, por ser ésta una garantía real de la naturaleza y efectos previstos en el artículo 569.11 del Codi Civil de Catalunya, declarando de forma expresa que el demandado no puede oponer el derecho de retención referido frente a terceros por haberse sustituido la retención por otro derecho real, frente al demandado, D. Juan Carlos, que ostenta la retención posesoria sobre una finca de la recurrente. La resolución recurrida entiende que no se dan los presupuestos necesarios para la adopción de ésta medida cautelar.

SEGUNDO

En primer término, debemos decir que dicha sustitución de la retención posesoria por una garantía real fue solicitada en la demanda de juicio ordinario de oposición al derecho de retención que el Sr. Juan Carlos pretende constituir mediante la comunicación notarial de 18-5-2010, en que se solicitaba en la demanda que dicte sentencia declarando no haber lugar ni ser procedente la constitución de tal derecho -no es un proceso, por tanto, en que se discuta la propiedad-.

Y, tras el suplico de la demanda de...

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