SAP Murcia 103/2011, 31 de Marzo de 2011
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 103/2011 |
Fecha | 31 Marzo 2011 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 5
CARTAGENA
SENTENCIA: 00103/2011
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MURCIA
SECCION DE CARTAGENA
ROLLO DE APELACIÓN N º 78/11
PROCEDIMIENTO ORDINARIO 531/09
JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 1 DE CARTAGENA
Ilmos. Sres.
Don Miguel Angel Larrosa Amante
Presidente
Don Fernando Fernández Espinar López
Don Matías Manuel Soria Fernández Mayoralas
Magistrados
SENTENCIA n· 103
En la ciudad de Cartagena, a 31 de marzo de dos mil once.
La Sección de Cartagena de la Audiencia Provincial de Murcia, integrada por los Ilmos. Sres. expresados al margen, ha visto los autos de juicio ordinario número 531/09, que en primera instancia se han seguido en el Juzgado de Primera Instancia número uno de Cartagena, siendo partes, como demandante, D. Jose Ignacio, representado por el Procurador Sr. Lozano Conesa y defendido por la Letrada Sra. Borreguero López, y como demandada Dña. Celia representada por la Procuradora Sra. Sánchez Marcos y defendida por el Letrado Sr. Bonmatí Mondejar, actuando en esta alzada, como apelante el demandado, y, como apelado, el demandante.
Por el Juzgado de Primera Instancia número uno de Cartagena, en los referidos autos de juicio ordinario, tramitados con el número 531/09, se dictó Sentencia con fecha 7 de octubre de 2.009, cuya parte dispositiva estima la demanda, condenando en costas a la parte actora.
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Contra dicha Sentencia se preparó recurso de apelación por la Procuradora Sra. Sánchez Marcos, en nombre y representación de la parte demandada, que una vez admitido a trámite, se interpuso en tiempo y forma, exponiendo por escrito y dentro del plazo que al efecto les fue conferido, las argumentaciones que les sirven de respectivo sustento. Del escrito de interposición del recurso se dio traslado a la parte actora, emplazándola por diez días para que presentara escrito de oposición al recurso o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada en lo que le resultara desfavorable, dentro de cuyo plazo presentó escrito de oposición al recurso.
Seguidamente, se remitieron los autos a este Tribunal, donde se formó el correspondiente rollo de apelación, con el número 78/11, que ha quedado para Sentencia, tras la personación de las partes emplazadas.
En la tramitación de esta instancia se han observado las prescripciones legales.
Alega la parte recurrente en su primer motivo del escrito de apelación, que el juzgado competente es el juzgado de primera instancia 10 de Alicante - juzgado de familia, que conoció el divorcio -, o en su defecto el juzgado de familia de Cartagena.
Sin perjuicio de señalar que el procedimiento seguido ofrece mayores garantías que el verbal, estima el recurrente que por razón de la materia corresponde el conocimiento a los juzgados de familia, residenciándose por tanto, la cuestión debatida, en la decisión sobre la falta de competencia objetiva y territorial a instancia de parte, disponiendo el artículo 49 L.E.Civil, que la falta de competencia objetiva corresponde...
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ATS, 9 de Julio de 2013
...el ámbito del recurso de casación. Igualmente sobre tal materia se citan como opuestas a la recurrida la Sentencia de la Audiencia Provincial de Murcia de fecha 31 de marzo de 2011 y la Sentencia de la Audiencia Provincial de Castellón de fecha 5 de enero de 2009 . Alega la parte recurrente......