STSJ Andalucía 460/2011, 18 de Abril de 2011

JurisdicciónEspaña
Fecha18 Abril 2011
Número de resolución460/2011

S E N T E N C I A

ILMOS. SRES.

D. Guillermo Sanchis Fdez Mensaque

D. Javier Rodríguez Moral

D. Juan María Jiménez Jiménez

En Sevilla, a 18 de abril de dos mil once.

La Sección Cuarta de la Sala de Lo Contencioso Administrativo con sede en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, formada por los magistrados que al margen se expresan, ha visto en el nombre del Rey el recurso número 1269/2008, seguido entre las siguientes partes: DEMANDANTE: Constancio ; y DEMANDADA: la Administración General del Estado, en el Ministerio del Interior, representada y dirigida por el Abogado del Estado. Ha sido ponente D. Juan María Jiménez Jiménez.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte actora interpuso recurso contencioso administrativo contra acuerdo del Director General de la Policía de 28 de julio de 2008 por el que se desestima la solicitud del actor de que le sea abonado las retribuciones complementarias correspondientes al puesto de policía preventivo de proximidad, así como que se le reclasificara en dicho puesto de trabajo, en lugar del puesto asignado de personal operativo.

SEGUNDO

La recurrente formuló demanda en la que, tras alegar los hechos y fundamentos de Derecho que estima aplicables al caso, termina suplicando que, en su día, se dicte sentencia por la que, con estimación del recurso, se declare la nulidad de la resolución que se recurre y se declare su derecho al percibo de las cantidades solicitadas.

TERCERO

La demandada contestó a la demanda en escrito en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de Derecho que estima aplicables al caso, termina interesando que se dicte sentencia por la que se desestime el recurso.

CUARTO

No existiendo conformidad en los hechos, se recibió el recurso a prueba; y, no solicitado trámite final de alegaciones ni estimarlo preciso la Sala, se declaró concluso el procedimiento.

QUINTO

La votación y fallo del recurso lugar el día señalado al efecto, habiéndose observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

El aquí actor reclama el abono del citado complemento con fundamento en que, desde su incorporación a la plantilla de la Jefatura Superior de Policía de Andalucía Occidental de Sevilla, donde tomó posesión como Personal Operativo Policía, ha venido desempeñando puesto de Policía Preventivo de Proximidad. Así como se le reclasifique en este último puesto frente al que le fue asignado conforme al Catálogo de Puestos de Trabajo. La resolución recurrida deniega la petición con fundamento en que el actor ha percibido las retribuciones al puesto para el que fue nombrado y que...

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