SAP Barcelona 700/2007, 28 de Septiembre de 2007

PonenteFERNANDO JERONIMO VALLE ESQUES
ECLIES:APB:2007:11517
Número de Recurso121/2007
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución700/2007
Fecha de Resolución28 de Septiembre de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 3ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

BARCELONA

SECCIÓN TERCERA

ROLLO Nº 121/07-J

PIEZA RESPONSABILIDAD CIVIL Nº 15/07

EXPEDIENTE Nº 132/05

JUZGADO DE MENORES Nº 6 DE BARCELONA

APELANTES: Esther

Bartolomé

SENTENCIA 700/2007

Ilmos. Srs.

D. FERNANDO VALLE ESQUÉS

D. JOSÉ GRAU GASSÓ

D. SANTIAGO VIDAL MARSAL

Barcelona, a 28 de septiembre de 2007

VISTO el presente Rollo de Apelación nº 121/07-J, dimanante de la Pieza de Responsabilidad Civil nº 15/07, del Expediente nº

132/05 del Juzgado de Menores nº 6 de Barcelona, en el que ha sido parte apelante la abogada Dª Ifigenia Romeu Lleixà, en

nombre y representación de Dª Esther y D. Bartolomé ; y parte apelada la abogada Dª Rut Pérez Mayo,

en nombre y representación de D. Jose Manuel.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la sentencia apelada, a la que anteriormente se ha hecho mención, dice lo siguiente: "FALLO: Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por D. Jose Manuel, contra la menor Esther y su padre Bartolomé, debo condenar y condeno solidariamente a los demandados a que abonen a la parte actora la cantidad de 16.000 euros, más intereses legales, sin especial pronunciamiento sobre costas".

SEGUNDO

Notificada dicha resolución, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la parte apelante ya indicada en el encabezamiento de esta resolución, que fue impugnado por la parte apelada asimismo reseñada. Posteriormente, la referida Pieza de Responsabilidad Civil se elevó a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Recibida la Pieza en esta Sección Tercera de la Audiencia el pasado 3 de septiembre, a la que corresponde el conocimiento de los recursos procedentes de los Juzgado de Menores, se dictó providencia incoando el presente Rollo de Apelación, que fue numerado y registrado. Con arreglo al turno de reparto previamente establecido se me nombró magistrado ponente, habiéndose procedido al estudio, deliberación y votación del recurso, que se resuelve a través de la presente.

Ha sido ponente el magistrado D. FERNANDO VALLE ESQUÉS, que en la presente resolución expresa el criterio unánime del Tribunal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

SE ACEPTAN y se dan por reproducidos en esta alzada los fundamentos jurídicos de la sentencia apelada, en cuanto no se opongan a los de la presente, y

PRIMERO

Frente a la sentencia de instancia se alza la representación de la parte apelante solicitando, por los motivos que alega en su escrito de recurso y a los que haremos referencia en los siguientes fundamentos, lo siguiente: 1º) la nulidad de pleno derecho de las actuaciones retrotrayéndolas al momento procesal anterior a la celebración de la vista (alegaciones segunda y tercera); 2º) Subsidiariamente, que se revoque la sentencia de instancia y se absuelva a los apelantes del pago de las cantidades indemnizatorias (alegación cuarta); y 3º) Subsidiariamente también (alegaciones quinta y sexta), que en todo caso se modere la indemnización a la cantidad de cifrar los 23 días en los que el demandante estuvo en prisión provisional, a razón del que era su salario dejado de percibir (40 euros diarios), así como también en los términos del art. 61.3 de laLORPM.

SEGUNDO

En efecto, el primer motivo de apelación, y por el que se solicita la nulidad de actuaciones, se contrae al alegato de que la parte demandante propuso inopinadamente como prueba testifical el interrogatorio de su propio representado y parte en el procedimiento, D. Jose Manuel, con infracción del art. 301.1 de la LEC. Prueba que se practicó sin previo aviso y de oficio, y que no había sido propuesta por las partes y por consiguiente tampoco admitida, todo lo cual tuvo lugar durante la celebración de la vista del juicio verbal del 15 de mayo de 2007.

Examinada la Pieza consta que, efectivamente, la representación del demandante Sr. Jose Manuel propuso en su demanda de responsabilidad civil las pruebas que constan en el Otrosí del citado escrito, entre ellas como prueba testifical la declaración del mismo. La parte demandada, en su escrito de contestación, sólo propuso prueba documental. En el auto del Juzgado de Menores de 13 de marzo de 2007, de señalamiento de la vista, se tuvo por propuestas todas las pruebas contenidas en ambos escritos, cuya pertinencia se declararía en dicho acto. Y celebrado el mismo, según se observa en el acta correspondiente, se admitieron todas las pruebas con excepción de una pericial propuesta por la actora. De otro lado, tras la audición (que no visualización) de la grabación de dicho acto en soporte...

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