STSJ Galicia 374/2011, 14 de Abril de 2011

JurisdicciónEspaña
Fecha14 Abril 2011
Número de resolución374/2011

T.S.J.GALICIA CON/AD SEC.2

A CORUÑA

SENTENCIA: 00374/2011

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE GALICIA

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCIÓN 2ª

PROCEDIMIENTO ORDINARIO NÚMERO 0004124/2009

EN NOMBRE DEL REY

La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, ha pronunciado la

siguiente

SENTENCIA

ILMOS. SRS.

Don José María Arrojo Martínez

Doña Cristina María Paz Eiroa

Don Juan Carlos Fernández López

En la ciudad de A Coruña, a catorce de abril de dos mil once .

Vistos los autos de procedimiento ordinario seguidos ante esta Sala con el número 0004124/2009, sustanciados por el procedimiento ordinario regulado en el Capítulo I del Título IV de la Ley 29/98, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso -administrativa, que ante esta Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha promovido el procurador don Gonzalo Lousa Gayoso, en nombre y representación de don Abelardo, don Apolonio, don Benjamín, doña Adriana y doña Bárbara, en relación con la desestimación por silencio de la solicitud formulada el día 01/12/2008.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El procurador Gonzalo Lousa Gayoso, en nombre y representación de don Abelardo, don Apolonio, don Benjamín, doña Adriana y doña Bárbara, interpuso recurso contencioso-administrativo en relación con la desestimación por silencio de la solicitud formulada el día 01/12/2008, por medio de escrito de 12 de marzo de 2009 que se tuvo por interpuesto providencia de fecha 10 de junio de 2010 por la que se acordó requerir a la Administración la remisión del expediente administrativo en la forma y plazos determinados en el artículo 48 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso -administrativa y ordenarle que practicase los requerimientos previstos en el artículo 49 de la misma.

SEGUNDO

Habiéndose recibido y examinado el expediente, por diligencia de fecha 15 de enero de 2010 se acordó la entrega de copia a la recurrente para que dedujese demanda en el plazo de veinte días; habiéndose presentado por el procurador don Gonzalo Lousa Gayoso, en la representación dicha, escrito de demanda con fecha 1 de febrero de 2010 por el que, después de consignar los hechos y los fundamentos de Derecho que estimaba convenientes, suplicaba que se "dicte sentencia por la que, estimando el presente recurso, ordene a la Administración demandada la incoación del expediente sancionador solicitado, con imposición de las costas a la parte demandada" ; y habiéndose ordenado, en virtud de diligencia de 2 de febrero de 2010, el traslado de la misma a la Xunta de Galicia, para que la contestase en el plazo de veinte días.

TERCERO

El Letrado de la Xunta de Galicia, en la representación de la demandada que legalmente ostenta en este recurso, presentó ante esta Sala escrito de contestación con fecha 16 de junio de 2010 por el que, después de consignar los hechos con los fundamentos de derecho que estimaba oportunos, suplicaba que se "dicte sentencia declarando la desestimación del recurso por ajustarse a Derecho los actos impugnados" ; habiéndose ordenado también el traslado de la demanda a la codemandada comparecida, y presentado escrito por el procurador don Juan Lage Fernández-Cervera, en nombre y representación de "EXPLOTACIÓN MINERA DE CAMPOMARZO, S.A.", suplicando que "se dicte Sentencia a medio de la cual se declare la desestimación del recurso por ajustarse a Derecho los acto administrativos impugnados" .

CUARTO

Por auto de fecha 22 de diciembre de 2010 se acordó el trámite de conclusiones escritas; habiéndose presentado escrito de conclusiones por las partes, que fue unido a los autos.

QUINTO

Por providencia de 22 de marzo de 2011, se acordó declarar concluso el debate escrito y dejar pendiente el asunto para señalamiento de votación y fallo en el momento en que por su turno le correspondiese.

SEXTO

Por providencia de 5 abril de 2011 se señaló el día 7 del mismo mes y año para la votación y fallo.

SÉPTIMO

En la tramitación de este juicio se han observado las prescripciones legales.

Es Ponente la Ilma. Sra. Doña Cristina María Paz Eiroa.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El recurso se dedujo en relación con la desestimación por silencio de la solicitud formulada el día 01/12/2008 de que se "dicte resolución acordando incoar a la Promotora 'Explotación Minera de Campomarzo, S.A.' el oportuno expediente sancionador" .

Se pide que se "dicte sentencia por la que, estimando el presente recurso, ordene a la Administración demandada la incoación del expediente sancionador solicitado, con imposición de las costas a la parte demandada" -suplico de la demanda-.

Es motivo del recurso que "por la mercantil 'Explotación Minera de Campomarzo, S.A.' fue solicitada Autorización Ambiental Integrada (...) para depósito de residuos de construcción y demolición en el Concello de Silleda (Pontevedra) al estar incluidas sus instalaciones en el ANEJO 1. Grupo 5.4 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación. Consultado el expediente administrativo, se observa que la Promotora ('Explotación Minera de Campomarzo, S.A.') no cuenta con la necesaria...

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