STSJ Andalucía 1463/2011, 20 de Junio de 2011
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 1463/2011 |
Fecha | 20 Junio 2011 |
1 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SECCIÓN SEGUNDA (GRANADA)
RECURSO NÚM: 623/2004
SENTENCIA NÚM. 1.463 DE 2011
Ilmo. Sr. Presidente :
Don José Antonio Santandreu Montero
Ilmos. Sres. Magistrados :
Don Federico Lázaro Guil
Don Rafael Ruiz Álvarez
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En la ciudad de Granada, a veinte de junio de dos mil once. Ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, se ha tramitado el recurso contencioso-administrativo número 623/2004, seguido a instancia de la entidad San Antonio de Vélez S.C.A
, que comparece representada por la Procuradora Sra. Galvez Dominguez, y asistida por Letrado; siendo parte demandada la ADMINISTRACION GENERAL DEL ESTADO, TRIBUNAL ECONÓMICO ADMINISTRATIVO REGIONAL DE ANDALUCÍA, Sala de Granada, en cuya representación y defensa interviene el Abogado del Estado. La cuantía del recurso es de 13.807,95 euros.
Interpuesto recurso contencioso-administrativo el día 30 de marzo de 2004 contra la resolución del TEARA que se detalla en el primer fundamento jurídico de esta resolución, se admitió a trámite y se acordó reclamar el expediente administrativo, siendo remitido por la Administración demandada.
En su escrito de demanda, la parte actora expuso cuantos hechos y fundamentos de derecho consideró de aplicación y terminó por solicitar se dicte sentencia, por la que se declare la nulidad de la resolución recurrida .
En su escrito de contestación a la demanda, la Administración demandada se opuso a las pretensiones de la parte actora, y, tras exponer cuantos hechos y fundamentos de derecho consideró de aplicación, suplicó a la Sala dicte sentencia en la que desestime el recurso y confirme el acto recurrido, toda vez que el mismo es conforme a Derecho.
No habiendo solicitado ninguna de las partes, en sus escritos de demanda y contestación, el recibimiento a prueba, se les concedió el trámite de conclusiones escritas, y quedaron los autos pendientes de la resolución procedente. QUINTO.- Para deliberación, votación y fallo del presente recurso, se señaló el día y hora que consta en autos, en que efectivamente tuvo lugar; habiéndose observado las prescripciones legales en la tramitación del mismo, y actuando como Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. Don Federico Lázaro Guil.
El objeto del presente recurso lo constituye la impugnación de la resolución del TRIBUNAL ECONÓMICO ADMINISTRATIVO REGIONAL DE ANDALUCÍA, Sala de Granada, de fecha 25 de noviembre de 2003, dictada en el expediente número 18/3381/2001, que desestimó la reclamación formulada por la recurrente contra el acuerdo de la Administración de la AEAT de Motril, de fecha 22 de agosto de 2001, desestimatorio del recurso de reposición interpuesto frente al acuerdo de 18 de julio del mismo año, que le impuso una...
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