STSJ Galicia 711/2011, 22 de Junio de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución711/2011
Fecha22 Junio 2011

T.S.J.GALICIA CON/AD SEC.1

A CORUÑA

SENTENCIA: 00711/2011

PONENTE: D. ALFONSO VILLAGOMEZ CEBRIAN

RECURSO NUMERO: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 1169/2008

RECURRENTE: Efrain

ADMINISTRACION DEMANDADA: CONSELLERIA DE EDUCACION E ORDENACION UNIVERSITARIA

CODEMANDADO: Isaac

EN NO MBRE DEL REY

La Sección 001 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha pronunciado la

SENTENCIA

Ilmos./as. Sres./as. D./Dª

FERNANDO SEOANE PESQUEIRA.- Pte.

ALFONSO VILLAGOMEZ CEBRIAN

DOLORES RIVERA FRADE

A CORUÑA, veintidós de Junio de 2011.

En el recurso contencioso-administrativo que, con el número 1169/2008, pende de resolución ante esta Sala, interpuesto por D. Efrain,

representado por el procurador D. JAIME DEL RIO ENRIQUEZ, dirigido por el letrado D. JORGE A. ENCINAS ARNAU, contra DESESTIMACIÓN PRESUNTA POR CONSELLERÍA EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA SOBRE PROCESO SELECTIVO, ESPECIALIDAD ACORDEÓN DEL CUERPO DE PROFESORES DE MÚSICA E ARTES ESCÉNICAS. Son parte la Administración demandada la CONSELLERIA DE EDUCACION E ORDENACION UNIVERSITARIA, representada por el LETRADO DE LA XUNTA DE GALICIA, y como codemandado D. Isaac, en su propio nombre y derecho.

Es ponente el Ilmo. Sr. D. ALFONSO VILLAGOMEZ CEBRIAN.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido a trámite el presente recurso contencioso-administrativo, se practicaron las diligencias oportunas y, recibido el expediente, se dio traslado del mismo a la parte recurrente para deducir la oportuna demanda, lo que se hizo a medio de escrito en el que, en síntesis, tras exponer los hechos y fundamentos de Derecho que se estimaron pertinentes, se acabó suplicando que se dictase sentencia por la que se declare no conforme a Derecho la resolución que se recurre, con todas las consecuencias inherentes a tal declaración.

SEGUNDO

Conferido traslado a las partes demandadas, se solicitó la desestimación del recurso, de conformidad con los hechos y fundamentos de Derecho consignados en las contestaciones de las demandas.

TERCERO

No habiéndose recibido el asunto a prueba y declarado concluso el debate escrito, quedaron las actuaciones sobre la mesa para resolver.

CUARTO

En la sustanciación del recurso se han observado las prescripciones legales, siendo la cuantía del mismo indeterminada.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
Primero

El recurrente tomó parte en el proceso selectivo convocado por Orden de 9 de abril de 2007, de ingreso al cuerpo de profesores de enseñanza secundaria, profesores de escuelas oficiales de idiomas profesores de música y artes escénicas, profesores de artes plásticas y diseño y profesores técnicos de formación profesional y procedimiento de adquisición de nuevas especialidades por los funcionarios de carrera de los citados cuerpos de la Comunidad Autónoma de Galicia; participando en su condición de funcionario interino en la especialidad de "acordeón".

El presente recurso se dirigió contra resolución presunta de la Consellería de Educación de hasta tres recursos de alzada interpuestos por el demandante y dirigidos, respectivamente, al presidente del tribunal, al secretario general de la Consellería y a la titular de la misma.

Posteriormente fue dictada resolución de 23 de diciembre de 2009, por la que fueron expresamente desestimados dichos recursos administrativos y que obra como documento 12 incorporado al expediente que ahora se analiza.

Segundo

...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR