STSJ Galicia 738/2011, 22 de Julio de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución738/2011
Fecha22 Julio 2011

T.S.J.GALICIA CON/AD SEC.3

A CORUÑA

SENTENCIA: 00738/2011

PONENTE: D. JULIO CIBEIRA YEBRA PIMENTEL

RECURSO: RECURSO DE APELACION 7046/2011

APELANTE : OBRES I PROMOCIONS AGULLO S.L.

APELADO : CONCELLO DE MUGARDOS

EN NOMBRE DEL REY

La Sección 003 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia ha pronunciado la

SENTENCIA

Ilmos. Srs. D.

IGNACIO ARANGUREN PEREZ

JULIO CIBEIRA YEBRA PIMENTEL

JUAN BAUTISTA QUINTAS RODRIGUEZ

En, A CORUÑA a veintidós de Julio de 2011

En el RECURSO DE APELACION 7046/2011, pendiente de resolución ante esta Sala, interpuesto por OBRES I PROMOCIONS AGULLO S.L., representado por el PROCURADOR D. IGNACIO PARDO DE VERA LOPEZ y dirigido por el LETRADO D. JESUS EDUARDO VARELA SANCHEZ, contra Sentencia de fecha 24 de noviembre de 2010 dictado por el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo único de Ferrol en el PO 14/2010 por el que se desestima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Entidad Obres i Promocions Agullo S.L. en relación con el acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Concello de Mugardos, de fecha 15 de noviembre de 2009, por el que se desestima la reclamación de responsabilidad patrimonial formulada por la tramitación de un procedimiento de concesión de licencias urbanísticas. Es parte apelada CONCELLO DE MUGARDOS representada por el PROCURADOR Dª. IRENE CABRERA RODRIGUEZ.

Es Ponente el Ilmo. Sr. D. JULIO CIBEIRA YEBRA PIMENTEL

A N T E C E D E N T E S D E H E C H O
PRIMERO

Se dictó por el Juzgado de instancia, la resolución referenciada anteriormente, cuya parte dispositiva dice: "Que debo desestimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la entidad OBRES I PROMOCIONS AGULLO S.L., en relación con el acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Concello de Mugardos, de fecha 5-11-09, por la que se desestima la reclamación de responsabilidad patrimonial formulada por la tramitación de un procedimiento de concesión de licencias urbanísticas, acto administrativo que confirmamos". SEGUNDO.- Notificada la misma, se interpuso recurso de apelación que fue tramitado en forma, con el resultado que obra en el procedimiento, habiéndose acordado dar traslado de las actuaciones al ponente para resolver por el turno que corresponda.

F U N D A M E N T O S D E D E R E C H O
Primero

En contra de lo que se dice en el recurso, la sentencia de instancia es clara en sus planteamientos y en la consideración jurídica de los hechos y del derecho aplicable a los mismos, justificando su respuesta negativa a la demanda de responsabilidad patrimonial de la empresa actora -a la que por cierto, por su dedicación a la promoción inmobiliaria, hay que suponerle un conocimiento legal y técnico mas que suficiente en cuestiones relacionadas con la edificación, y que pedía una importante indemnización por la imposibilidad de construir cuatro viviendas unifamiliares en una finca situada en el lugar de la Gallada, del municipio de Mugardos, que atribuía a una información errónea que le había proporcionado el Ayuntamiento mediante una cédula al respecto en respuesta a su petición de conocer las condiciones...

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