SAP Tarragona 325/2011, 26 de Julio de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución325/2011
Fecha26 Julio 2011

AUDIENCIA PROVINCIAL

TARRAGONA

SECCION TERCERA

ROLLO DE APELACIÓN Nº 371/2010.

JUICIO VERBAL Nº 807/09

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 1 - EL VENDRELL

SENTENCIA

ILTMOS. SRES.:

PRESIDENTE

D. GUILLERMO ARIAS BOO

MAGISTRADOS

D. JOAN PERARNAU MOYA

D. MANUEL GALAN SANCHEZ

En Tarragona, a 26 de julio de 2.011.

La Sección Tercera de esta Audiencia Provincial integrada por los Iltmos. Sres. anotados al margen, ha visto y admitido el presente recurso de apelación interpuesto por DÑA. Zulima representada en esta instancia por la Procuradora de los Tribunales Sra. Buñuel Gual y defendida por el Letrado Sr. Ramón Fuentes, contra la sentencia de 15 de febrero de 2.010 dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de El Vendrell, autos de Juicio Verbal núm. 807/09, en el que figura como demandante la parte apelante, y como demandada DÑA. Clemencia representada por la Procuradora de los Tribunales Sra. Espejo Iglesias y asistida por el Letrado Sr. Monté Gamboa.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida contiene el siguiente Fallo:

"DESESTIMAR la demanda interpuesta por DOÑA Zulima contra DOÑA Clemencia y ABSUELVO a la referida demandada de los pedimentos efectuados en su contra. Todo ello con imposición de costas procesales a la actora."

SEGUNDO

Contra la mencionada sentencia se interpuso recurso de apelación por la representación procesal de DÑA. Zulima en base a las alegaciones que son de ver en el escrito presentado.

TERCERO

Dado traslado del recurso a la adversa, por la representación procesal de DÑA. Clemencia se presentó escrito oponiéndose al mismo.

CUARTO

El presente recurso de apelación tuvo entrada en esta Sección Tercera el día 09-09-2010. Por Providencia de 09-09- 2010 se acordó requerir a la Procuradora Sra. Buñuel para que acreditara la representación que manifestaba ostentar (lo que tuvo lugar mediante escrito de 27-09-2010), así como la devolución de las actuaciones al órgano de instancia ya que habiéndose solicitado prueba por la parte apelada, no se había dado traslado a la parte apelante, lo que fue recordado por Providencias de 19-11-2010 y 18-01-2011, devolviéndose las actuaciones en fecha 24-02-2011. El día 21-03-2011 se dictó Auto por el que se acordaba no admitir la pretensión probatoria solicitada por la parte apelada.

QUINTO

En la tramitación de la presente instancia del procedimiento se han observado las normas legales.

Visto y siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado MANUEL GALAN SANCHEZ,

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Interpone la representación procesal de DÑA. Zulima el presente recurso de apelación impugnando los pronunciamientos de la sentencia de instancia por los que se desestima totalmente la demanda presentada, en la que ejercitando una acción "por extralimitación en la finca de mi patrocinada invadiendo la totalidad de la pared medianera con acción invertida" (encabezamiento de la demanda, folio 3), reiterado en el Hecho Tercero ( "De la accesión invertida", folio 5), así como en los Fundamento de Derecho relativos al fondo del asunto (v. Fundamento VII, folios 7 a 10), terminaba suplicando que a) se declarara que la demandada había invadido la mitad de la pared medianera que separa ambas propiedades "y en su consecuencia, se declare el derecho de mi patrocinada de obtener la indemnización correspondiente por accesión invertida" (folio 11); y b) que se condenara a la demandada al pago de la suma de 2.016 euros "a que asciende el valor de la medianera usurpada" (folio 12), añadiendo en el acto de la vista que e ntablaba una acción de construcción extralimitada consistente en invadir parte de la medianería .

Sin embargo, sorprende a este Tribunal que el Juzgador de instancia, en el Fundamento de Derecho Primero de la resolución impugnada comience señalando que "1º El objeto del presente procedimiento no es la determinación de la existencia de una accesión invertida, sino analizar si la demandada ha ocupado más porción de la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • SAP Tarragona 111/2012, 12 de Marzo de 2012
    • España
    • 12 Marzo 2012
    ...comunales, puesto esto es más propio, como se ha dicho, de una acción posesoria de retener. Tal y como tiene dicho esta Sala en la SAP Tarragona 26-7-2011, "si el Juzgador de instancia, sin apartarse de la acción ejercitada con la demanda, consideraba que se había ejercitada una acción equi......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR