ATSJ Comunidad de Madrid 454/2011, 1 de Septiembre de 2011
Ponente | MARIA LUACES DIAZ DE NORIEGA |
ECLI | ES:TSJMAD:2011:1227A |
Número de Recurso | 553/2011 |
Procedimiento | PROCEDIMIENTO ORDINARIO |
Número de Resolución | 454/2011 |
Fecha de Resolución | 1 de Septiembre de 2011 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.1
MADRID
AUTO: 00454/2011
Ley 13/2009
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
Sala de lo Contencioso-Administrativo
Sección: 001
MADRID
YM901
C/GENERAL CASTAÑOS, Nº1, PLANTA SEGUNDA Número de Identificación Único: 28079 3 0177634 /2011 PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000553 /2011 Materia: EXTRANJERIA
De D/ña. Elias
DIRECCION000 nº NUM000 NUM001 . NUM002 .
- Barcelona. 08015
Contra: MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Representante: ABOGADO DEL ESTADO
A U T O Nº 454
ILMO. SR. PRESIDENTE:
FRANCISCO JAVIER CANABAL CONEJOS ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:
MARIA LUACES DIAZ DE NORIEGA
FAUSTO GARRIDO GONZALEZ
En Madrid, a 1 de Septiembre de 2011.
Por el/los recurrente/s Elias se ha formulado recurso contencioso-administrativo contra la resolución dictada por MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, sobre Datos 15 DENEGACION DE VISADO. SEGUNDO.- Ha transcurrido el plazo concedido al/los recurrente/s sin que haya/n subsanado el/los defecto/s advertidos en el escrito de interposición del recurso.
Dispone el artículo 45.3 de la LRJCA que, el Secretario Judicial examinará de oficio la validez de la comparecencia tan pronto como se haya presentado el escrito de interposición. Si estima que es válida, admitirá a trámite el recurso. Si con el escrito de interposición no se acompañan los documentos expresados en el apartado 2 de dicho artículo o los presentados son incompletos y, en general, siempre que el secretario judicial estime que no concurren los requisitos exigidos por esta Ley para la validez de la comparecencia, requerirá inmediatamente la subsanación de los mismos, señalando un plazo de diez días para que el recurrente pueda llevarla a efecto y, si no lo hiciere, el Juez o Tribunal se pronunciará sobre el archivo de las actuaciones.
En el presente caso no han subsanado el defecto de falta de representación procesal de la parte actora. Vistos los artículos citados y demás de pertinente aplicación, siendo ponente el Ilma. Sra. Dª MARIA LUACES DIAZ DE NORIEGA
ARCHIVAR el PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000553 /2011, formulado por Elias contra la resolución dictada por MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES.
Unir testimonio al recurso y el original al libro de autos. Firme la presente resolución, sin más trámite, procédase a remitir al archivo las...
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