SAP A Coruña 331/2011, 29 de Septiembre de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución331/2011
Fecha29 Septiembre 2011

Rúa. Capitán Juan Varela.

Edef. Audiencia 2ª Planta

( 981-18.20.74-, 75 ou 3 6

6 981-18.20.73

N./Rfª.: Rollo (RP) APELACION PROC. ABREVIADO Nº 138/2011-M

ILMO. SR. PRESIDENTE

DON LUIS BARRIENTOS MONGE

ILMOS. SRES/AS. MAGISTRADOS/AS

DON SALVADOR PEDRO SANZ CREGO

DOÑA Mª DOLORES FERNÁNDEZ GALIÑO-Ponente

En A Coruña, a veintinueve de septiembre de dos mil once.

LA SECCIÓN SEGUNDA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE A CORUÑA, integrada por los

Magistrados reseñados al margen, ha pronunciado

En nombre de S.M. el Rey

La siguiente

SENTENCIA Nº 331

En el recurso de apelación penal Nº 138/2011, interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal Nº 3 de los de A Coruña, en el Juicio Oral Núm.: 227/2008, seguidas de oficio por un delito de conducción bajo influencia de bebidas alcohólicas, figurado como apelante el acusado Jenaro representado por la procuradora Sra. Villar Pispeieiro y defendido por el letrado Sr. Fernández Rodríguez, y como apelados Pelayo defendido por el letrado Sr. Lampón Suárez, UNIÓN ASEGURADORA REALE,RCD representada por el procurador Sr. Tovar de Castro y defendido por el letrado Sr. Maquieira Rodríguez y JOSÉ E. MUÑIZ IGLESIAS,RCS; siendo ponente del presente recurso la Ilma. Dª Mª DOLORES FERNÁNDEZ GALIÑO.

ANTECENDENTE DE HECHO

PRIMERO

Por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Penal Nº 3 de los de A Coruña con fecha 15-2-2011, dictó Sentencia y cuya Parte Dispositiva dice como siguiente " FALLO: Que debo Condenar y Condeno a Jenaro como autor responsable de un delito CONTRA LA SEGURIDAD DEL TRÁFICO, definido, no concurriendo circunstancias modificativas de responsabilidad criminal, a la pena de multa de 9 meses con cuota diaria de 5 euros, con responsabilidad personal subsidiaria caso de impago y privación del derecho a conducir vehículo a motor y ciclomotor durante 1 año y 15 días. Impongo al condenado el pago de las Costas".

SEGUNDO

Notificada dicha sentencia a las partes, se interpuso contra la misma en tiempo y forma, recurso de apelación por la representación procesal de Jenaro, que fue admitido en ambos efectos, por proveído de fecha 29-3-2011, dictado por el instructor, acordando darle traslado prevenido en el artículo 790.6 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, a las restantes partes.

TERCERO

Por Diligencia de Ordenación de fecha 11-4-2011, se acordó elevar todo lo actuado a la Oficia de Reparto de Audiencia Provincial; siendo turnado el mismo a esta Sección para resolver el recurso; recibidas que fueron las actuaciones, se acordó pasar las mismas a la Ilma. Magistrada Ponente.

CUARTO

En la sustanciación del presente recurso se han observado y cumplido las prescripciones y formalidades legales.

HECHOS PROBADOS

Se modifica el relato fáctico de la sentencia recurrida:

Se suprime del renglón 10 "que disminuían su capacidad de atención y reflejos, creando un riesgo para la seguridad del tráfico".

Se añade en el renglón 24 del folio 187 "Dichas pruebas se realizaron más de tres horas después de ocurrir el accidente".

Se añade un último párrafo "no se...

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