STSJ Islas Baleares 760/2011, 18 de Octubre de 2011

JurisdicciónEspaña
Fecha18 Octubre 2011
Número de resolución760/2011

T.S.J.ILLES BALEARS SALA CON/AD

PALMA DE MALLORCA

SENTENCIA: 00760/2011

APELACIÓN

ROLLO SALA Nº 256 de 2011

AUTOS JUZGADO Nº 366 de 2006

SENTENCIA

Nº 760

En la ciudad de Palma de Mallorca a dieciocho de octubre de dos mil once. ILMOS SRS.

PRESIDENTE:

D. Gabriel Fiol Gomila. MAGISTRADOS

D. Pablo Delfont Maza.

Dña. Carmen Frigola Castillón.

Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de les Illes Balears los autos seguidos ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Palma de Mallorca, con el número de autos del Juzgado y número de rollo de esta Sala arriba designados; se ha formulado queja por el Consell Insular de Formentera, representado por la Procuradora Dña. Monserrat Montané Ponce, y asistido por el Letrado D. Juan Dell'Olmo Ribas.

Constituye el objeto del recurso el Auto de 1 de junio de 2011 por el que se desestima el recurso de reposición presentado contra el Auto de 26 de abril de 2011 por el que se inadmitía el recurso de apelación presentado contra Auto de 18 de marzo de 2011 por el que se imponía multa coercitiva a D. Demetrio .

Ha sido Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. Pablo Delfont Maza, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Auto de 1 de junio de 2011, dictado por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 1 de Palma, en los autos seguidos por los trámites de procedimiento abreviado y de los que trae causa el presente rollo desestimó el recurso de reposición contra la inadmisión de apelación.

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de queja en plazo y forma por el Consell Insular de Formentera.

TERCERO

Se ha seguido el recurso con arreglo a los trámites de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, quedando los autos conclusos para dictar sentencia, señalando para la votación y fallo el día 18 de octubre de 2011.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se trata aquí de multa coercitiva impuesta a D. Demetrio .

Esa multa ha sido impuesta, téngase muy en cuenta, no en ejecución de la sentencia del Juzgado sino mientras se encontraba en fase de ejecución la sentencia del Juzgado.

Por tanto, la multa coercitiva impuesta al Sr. Demetrio puede verse todo lo cercana que se quiera a la ejecución de la sentencia, pero es distinta de la ejecución de esa sentencia.

Con esas previsiones por adelantado, ha de señalarse que contra el Auto que impone la multa se presentó recurso de apelación, denegándose la admisión; y contra esa denegación se presentó recurso de reposición que fue igualmente desestimado.

Así las cosas, se ha presentado recurso de queja ante la Sala y, al igual que...

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