SAP Las Palmas 337/2011, 17 de Octubre de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución337/2011
Fecha17 Octubre 2011

SENTENCIA

Presidenta: Dona Emma Galcerán Solsona

En Las Palmas de Gran Canaria a 17 de octubre de 2011

VISTO por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Las Palmas, constituida por una sola Magistrada, la Ilma. Sra. Dona Emma Galcerán Solsona, de conformidad con lo dispuesto en le art. 82-2-1o de la L.O.P.J., el rollo de apelación no 94/2011, dimanante del juicio verbal no 312/2006, del Juzgado de Primera Instancia no 1 de Arucas, siendo parte apelante Don Pelayo representado por el Procurador Don Alejandro Valido Farray y defendido por la Letrada Dona Soledad Martín Correa y parte apelada Don Carlos Antonio, representado por el Procurador Don Jesús Quevedo Gonzálvez, defendido por la Letrada Dona Josefa Medina Suárez.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción no 1 de Arucas, se dictó sentencia en los referidos autos cuya parte dispositiva literalmente establece: Que debo de desestimar la demanda formulada por la representación procesal de don Pelayo, absolviendo a don Carlos Antonio y a la companía aseguradora "MAPFRE GUANARTEME S.A." de las pretensiones deducidas en su contra, y todo ello con expresa condena en costas a la parte actora, por ser así de justicia.

SEGUNDO

La relacionada sentencia se recurrió en apelación por la parte demandante, y no habiéndose practicado prueba en esta segunda instancia, y tras darle la tramitación oportuna se senaló para que se dictara la resolución correspondiente el día 19/09/11, a las 10 horas.

TERCERO

En la presente tramitación se han observado las prescripciones legales, dictándose la presente sentencia por la Sala constituida por una sola Magistrada por tratarse de juicio verbal por razón de la cuantía, siendo Ponente la Ilma. Magistrada Dna. Emma Galcerán Solsona.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Las alegaciones del recurso de apelación referentes a la supuesta errónea valoración de la prueba e interpretación de la norma y jurisprudencia aplicable, y demás alegaciones del recurso de apelación, deben ser desestimadas, confirmando íntegramente la sentencia de primera instancia, toda vez que en le caso de autos fue correcta la aplicación de la doctrina jurisprudencial existente en la materia, recogida de modo suficientemente extenso en la sentencia de primera instancia, a la que nos remitimos...

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