SAP Cádiz 29/2011, 21 de Enero de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución29/2011
Fecha21 Enero 2011

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- - S E N T E N C I A nº: 29 / 2011

Ilmos. Sres.

Presidente

D. CARLOS ERCILLA LABARTA

Magistrados

D. ANGEL L. SANABRIA PAREJO

Dª. ROSA Mª FERNANDEZ NUÑEZ JUZGADO: Jerez Fra nº 6

Modificación Medidas nº 318/10

Rollo Apelación Civil nº: 790

Año: 2.010

En la ciudad de Cádiz a día 21 de enero de 2011.

Vistos en trámite de apelación por la Sección Quinta de esta Ilma. Audiencia Provincial de Cádiz los autos del Recurso de Apelación Civil de referencia del margen, seguidos por Juicio sobre Modificación de Medidas, en el que figura como parte apelante D. Segundo, representado por la Procuradora Sra. Mª Rosa Jaén Sánchez de la Campa, asistido por el Letrado Sr. Antonio Camacho O`Neale, y parte apelada Dª Tomasa, representada por el Procurador Sr. Antonio Cervilla Puelles, asistida por la Letrada Sra. Carmen Oteo Barranco; siendo parte el MINISTERIO FISCAL; actuando como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado DON CARLOS ERCILLA LABARTA.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - Por el Juzgado de Primera Instancia nº 6 de los de Jerez de la Fra., se dictó sentencia cuyo fallo literalmente transcrito dice: " Que ESTIMANDO PARCIALMENTE la demanda de Modificación de Medidas interpuesta por el Procurador Dña. Sara Alvarez Ossorio Santizo en nombre y representación de D. Segundo contra Dña. Tomasa acuerdo la modificación de medidas contenidas en la sentencia de divorcio dictada en fecha 13 de marzo de 2006, por el juzgado de primera instancia num Dos, autos num 691/05, en el sentido de declarar que la pensión de alimentos a favor de los hijos queda reducida al importe de 150 euros mensuales por hijo, más actualizaciones de IPC y la mitad de los gastos extraordinarios, y mientras el actor permanezca en situación de desempleo.

    En el resto de pronunciamientos se mantienen las medidas personales y económicas del divorcio.

    Todo ello sin expresa imposición de costas procesales."

  2. - Contra la antedicha sentencia por la representación de d. Segundo se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación que fue admitido a trámite por el Juez "a quo" remitiendo las actuaciones a esta Audiencia Provincial, dándose traslado del referido escrito de apelación a la parte contraria por término legal para que pudiera formular escrito de oposición o impugnación, el cual una vez presentado fue unido a autos. 3º.- Recibidos los autos en esta Sala, se formó el correspondiente rollo, turnándose la...

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