STSJ Castilla-La Mancha 3/2011, 17 de Enero de 2011
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 3/2011 |
Fecha | 17 Enero 2011 |
T.S.J.CAST.LA MANCHA CON/AD SEC.1
ALBACETE
SENTENCIA: 00003/2011
Recurso nº 1164/07
Albacete
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
Sección Primera.
Presidente:
Iltmo. Sr. D. José Borrego López.
Magistrados:
Iltmo. Sr. D. Mariano Montero Martínez.
Iltmo. Sr. D. Ricardo Estévez Goytre.
SENTENCIA Nº 3
En Albacete, a diecisiete de Enero de dos mil once.
Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha los presentes autos, seguidos bajo el número 1164/07 del recurso contencioso-administrativo, seguido a instancia de la entidad mercantil SOCIEDAD COOPERATIVA NUESTRA SEÑORA DE LAS NIEVES, representada por el Procurador Sr. Serra González y dirigida por el Letrado Sr. Scasso Martínez, contra el TRIBUNAL ECONÓMICO-ADMINISTRATIVO REGIONAL DE CASTILLA-LA MANCHA, representado y dirigido por el Sr. Abogado del Estado, en materia de Sociedades. Siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. José Borrego López, Magistrado Especialista de lo Contencioso-Administrativo.
Por la representación procesal de la actora se interpuso en fecha 14 de Noviembre de 2007, recurso contencioso-administrativo contra la resolución dictada por el Tribunal Económico-Administrativo Regional de Castilla-La Mancha, de fecha 21 de Septiembre de 2007.
Formalizada demanda, tras exponer los hechos y fundamentos jurídicos que estimó aplicables, terminó solicitando se dicte sentencia por la que: "se declare nulo o revoque el acto impugnado por no ser el mismo ajustado a derecho en todos sus términos, condenando a la administración demandada a estar y pasar por la antedicha declaración; e imponiendo expresamente a dicha administración las costas del procedimiento"
Contestada la demanda por la Administración demandada, tras relatar a su vez los hechos y fundamentos jurídicos que entendió aplicables, solicitó una sentencia desestimatoria del recurso, con costas a la parte demandante. Tercero.- Acordado el recibimiento del pleito a prueba, y practicadas las declaradas pertinentes, se reafirmaron las partes en sus escritos de demanda y contestación, por vía de conclusiones, y se señaló día y hora para votación y fallo, el 13 de Enero de 2011, en que tuvo lugar.
Se somete al control judicial de la Sala, la resolución de fecha 21 de Septiembre de 2007, dictada por el Tribunal Económico-Administrativo-Regional de Castilla-La Mancha, por la que se desestima la reclamación nº 02-666.06, deducida por la entidad mercantil Sociedad Cooperativa Nuestra Señora de las Nieves.
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