SAN, 4 de Octubre de 2007

PonenteDIEGO CORDOBA CASTROVERDE
EmisorAudiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 3ª
ECLIES:AN:2007:4093
Número de Recurso266/2006

SENTENCIA

Madrid, a cuatro de octubre de dos mil siete.

Vistos por la Sala, constituida por los Sres. Magistrados relacionados al margen, los autos del

presente recurso contencioso-administrativo numero 266/2006, interpuesto por la Procuradora de

los Tribunales doña Virginia Sánchez de León Herencia, actuando en nombre y representación de

D. Juan Ignacio, contra la resolución de la Dirección General de Cooperación Territorial

y Alta Inspección, Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, de 4 de mayo de 2005, confirmada

en reposición por resolución de 10 de marzo de 2006 por la que se denegó la beca solicitada por el

recurrente para el Primer Curso Grado Superior de Música en el año 2004/2005. Ha sido parte la

Administración del Estado, asistida y representada por el Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el presente recurso y previos los oportunos trámites, se confirió traslado a la parte actora por término de veinte días para formalizar la demanda, lo que verificó por escrito presentado el 28 de noviembre de 2006 en el que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, solicita sentencia estimatoria del recurso por la que se anule la resolución recurrida y se declare el derecho a obtener la beca solicitada en la cuantía de 10.000 euros más los intereses legal desde la fecha en que debió disfrutarla.

SEGUNDO

La Administración demandada, una vez conferido el tramite pertinente para contestar la demanda, presentó escrito en el que alegó los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, solicitando una sentencia en la que se declare la conformidad a derecho de las resoluciones impugnadas.

TERCERO

Se confirió traslado a las partes por termino de diez días para la formulación de conclusiones. Presentados los oportunos escritos quedaron las actuaciones pendientes de señalamiento para votación y fallo, fijándose al efecto el día 2 de octubre del presente año, fecha en que tuvo lugar la deliberación y votación.

Siendo PONENTE el Magistrado ILMO. SR. D. Diego Córdoba Castroverde.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Se interpone el presente recurso contencioso-administrativo contra la resolución de la Dirección General de Cooperación Territorial y Alta Inspección, Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, de 4 de mayo de 2005, confirmada en reposición por resolución de 10 de marzo de 2006 por la que se denegó la beca solicitada por el recurrente para el Primer Curso Grado Superior de Música en el año 2004/2005 al considerar que los estudios que pretende cursar no son progresión académica ni suponen avance en el proceso educativo de los ya realizados, Maestro Educación Musical.

Ambas partes coinciden en afirmar como hecho cierto que al recurrente le fue concedida una beca en el curso 2003/2004 para cursar el último curso de Magisterio en la rama de enseñanza de Música y también que en el curso siguiente 2004/2005 solicitó una nueva beca para cursar...

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