SAP Valencia 349/2006, 8 de Junio de 2006

PonenteMARIA PILAR MANZANA LAGUARDA
ECLIES:APV:2006:1950
Número de Recurso318/2006/
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución349/2006
Fecha de Resolución 8 de Junio de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 10ª

ª

SENTENCIA Nº 349/06

SECCIÓN DECIMA:

Ilustrísimos Sres.:

Presidente, D. José Enrique de Motta García España

Magistrados:

Dña. Mª Pilar Manzana Laguarda

D. Carlos Esparza Olcina

En Valencia a, ocho de junio de dos mil seis

Vistos ante la Sección Décima de la Iltma. Audiencia Provincial, en grado de apelación, los autos de DIVORCIO nº 526/03, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de TORRENTE, entre partes, de una como demandante-apelado, ña. Mercedes,dirigido por el Letrado D./Dª José Luis Navarro de León, y representado por el Procurador D./Dª Sara Gil Furio, y de otra como demandado-apelante, D. Fidel, dirigida por el letrado D./Dª Francisco Javier Carratala Hernandez y representada por el Procurador D./Dña. Ana Campos Perez Manglano. Siendo parte el M. Fiscal.

Es ponente la Iltma. Sra. Magistrada. Doña Mª Pilar Manzana Laguarda.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En dichos autos por el Iltmo. Sr. Juez de Primera Instancia nº 1 de TORRENTE, en fecha 24-11-05, se dictó Sentencia cuya parte dispositiva es como sigue : " FALLO : Que estimando parcialmente la demanda y la reconvención formulada por la representación procesal de Dª Mercedes, contra D. Fidel, y viceversa debo declarar y declaro disuelto por divorcio el matrimonio de los expresados litigantes, con todos los efectos legales, acordando las siguientes medidas:

  1. - Mateniendo la patria potestad compartida, y la guarda y custodia a favor de la madre.

  2. - El régimen de visitas a establecer, será todo lo flexible que los progenitores deseen, fijándose como mínimo a respetar el siguiente:

    Todos los miércoles desde las 19,00 a las 21:00 horas, Fines de semana alternos, desde las 20:00 horas del viernes hasta las 20:00 horas del domingo. La mitad de las vacaciones de Navidad, Fallas Semana Santa y Verano.

    En fallas la segunda mitad será siempre disfrutada por el padre ya que las mismas finalizan con el día del padre.

    Las vacaciones de Navidad, el primer periodo comprende desde el primer día de vacaciones hasta las 19:00 horas del 31 de diciembre, y el segundo periodo, hasta el último día de vacaciones.

    Las vacaciones de Semana Santa, el primer periodo desde el primer día de clase de los menores hasta el martes siguiente inclusive, y el segundo periodo, desde el miércoles hasta el lunes de San Vicente.

    Eligiendo en estos periodos, los años pares la madre y los impares el padre.

    El progenitor, en su cumpleaños, y para el caso de que no tenga en su compañía a los menores, podrá disfrutar de estos desde las 19:00 horas hasta las 21:00 horas.

    La madre disfrutará con los menores del día de la madre y el padre el día del padre, con independencia de a quien le corresponda estar en su compañía.

    Las entregas de los menores y devoluciones, se realizarán en el domicilio materno, autorizando a efectuarlas a la Sra. Amparo.

  3. - Se fija como pensión por alimentos a favor de las hijos y que deberá ser abonada por el padre, la cantidad de 410 euros, que deberáb ser ingresadas los 5 primeros días de cada mes en la cuenta que designe la madre, cantidad que se actualizará anualmente segín el IPC, debiendo abonar ambos progenitores los gastos extraordinarios por mitad.

    Todo ello sin realizar expreso pronunciamiento condenatorio en costas."

SEGUNDO

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