SAN, 19 de Julio de 2007
Ponente | DIEGO CORDOBA CASTROVERDE |
Emisor | Audiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 3ª |
ECLI | ES:AN:2007:3337 |
Número de Recurso | 266/2005 |
SENTENCIA
Madrid, a diecinueve de julio de dos mil siete.
Vistos por la Sala, constituida por los Sres. Magistrados relacionados al margen, los autos del
presente recurso contencioso-administrativo numero 266/2005, interpuesto por el Procurador de los
Tribunales don José Luís García Guardia, actuando en nombre y representación de D. Jesús Luis, contra la Resolución de la Dirección General de Cooperación Territorial y Alta
Inspección, Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, de 10 de diciembre de 2004 por la que se
denegó la ayuda compensatoria para cursar estudios de 5º de Ingeniería Agrónoma en la
Universidad Politécnica de Valencia en el curso 2003/2004. Ha sido parte la Administración del
Estado, asistida y representada por el Abogado del Estado.
Interpuesto el presente recurso y previos los oportunos trámites, se confirió traslado a la parte actora por término de veinte días para formalizar la demanda, lo que verificó por escrito presentado el 16 de septiembre de 2005 en el que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, solicita sentencia estimatoria del recurso por la que se anule la resolución recurrida y se condene a la Administración.
La Administración demandada, una vez conferido el tramite pertinente para contestar la demanda, presentó escrito en el que alegó los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, solicitando una sentencia en la que se declare la conformidad a derecho de las resoluciones impugnadas.
Presentados los oportunos escritos quedaron las actuaciones pendientes de señalamiento para votación y fallo, fijándose al efecto el día 17 de julio del presente año, fecha en que tuvo lugar la deliberación y votación.
Siendo PONENTE el Magistrado ILMO. SR. D. Diego Córdoba Castroverde.
Se interpone el presente recurso contencioso-administrativo contra la Resolución de la Dirección General de Cooperación Territorial y Alta Inspección, Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, de 10 de diciembre de 2004 por la que se denegó la ayuda compensatoria para cursar estudios de 5º de Ingeniería Agrónoma en la Universidad Politécnica de Valencia en el curso 2003/2004. La razón esgrimida por la resolución impugnada es que la Orden de Convocatoria en su artículo 4.1 apartado 3 establece como requisito específico para percibir la ayuda compensatoria pertenecer a alguno de los colectivos que se mencionan y puesto que la unidad familiar del recurrente no pertenece a los colectivos preferentes y "existen otros solicitantes de esta ayuda que, al pertenecer a dichos colectivos preferentes en el año 2002, poseen un mejor derecho para obtener ese componente de beca" se deniega la ayuda compensatoria solicitada.
El recurrente alega que cumple todos los requisitos previstos en el art. 4.1 de la Orden de 25 de junio de 2003 por la que se convocan becas y ayudas para el estudios de carácter general para el curso académico 2003-2004 puesto que ha nacido antes del 1 de enero de 1988 y su renta familiar no supera los...
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