SAP Girona 268/2007, 13 de Junio de 2007
Ponente | JOSE ISIDRO REY HUIDOBRO |
ECLI | ES:APGI:2007:806 |
Número de Recurso | 147/2007 |
Número de Resolución | 268/2007 |
Fecha de Resolución | 13 de Junio de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Girona, Sección 2ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE GIRONA
SECCION SEGUNDA
Rollo de apelación civil: nº 147/2007
Proviene: JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 3 BLANES
Procedimiento: nº 222/2003
Clase: modif.medidas con relación hijos (contencioso)
SENTENCIA 268/2007.
Ilmos. Sres:
PRESIDENTE
D. JOSE ISIDRO REY HUIDOBRO
MAGISTRADOS
D. JOAQUIM FERNANDEZ FONT
D. JAUME MASFARRE COLL
Girona, a trece de junio de dos mil siete.
En esta segunda instancia ha comparecido como parte apelante D. Luis Enrique, representado/a por
el/la Procurador/a D. CARLOS JAVIER SOBRINO CORTÉS.
Ha sido parte apelada Dña. Alicia declarado en rebeldía procesal.
El presente proceso se inició mediante la demanda presentada en nombre de D. Luis Enrique contra Dña Alicia.
La sentencia que puso fin a la primera instancia dice en su parte dispositiva: " Que debo estimar y estimo, íntegramente la demanda de modificación de medidas definitivas del divorcio presentada por D. Luis Enrique, contra Doña Alicia, y en consecuencia dejar sin efecto la obligación del demandante de abonarle a la demandada en concepto de alimentos a favor de la hija común, la pensión impuesta en la Sentencia de divorcio, y ello, sin que haya lugar a especial pronunciamiento respecto de las costas. "
En aplicación de las normas de reparto vigentes en esta Audiencia Provincial, aprobadas por la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, ha correspondido el conocimiento del presente recurso a la Sección Segunda de aquélla.
En su tramitación se han observado las normas procesales aplicables a esta clase de recurso, habiendo efectuado las partes las alegaciones que pueden verse en los respectivos escritos presentados en esta segunda instancia, a los que se responde en los siguientes fundamentos jurídicos. Se señaló para la deliberación y votación del recurso el día trece de junio de dos mil siete.
Conforme a lo establecido en las indicadas normas de reparto, se designó ponente de este recurso al Ilmo. Sr. JOSE ISIDRO REY HUIDOBRO, quien expresa en esta sentencia el criterio unánime de la Sala.
Interpuesta demanda de modificación de medidas definitivas acordadas en sentencia de divorcio, solicitando que se deje sin efecto la obligación de pago de la pensión alimenticia establecida a favor de la hija común Ángela por ser mayor de edad, haber accedido al mercado laboral y gozar de independencia económica, recayó sentencia estimatoria de la demanda, pero pese a que en la demanda se solicitaba la supresión de la pensión con efectos desde la interposición de la demanda, la Sentencia aun siendo estimatoria no concede tal efecto retroactivo, formulándose recurso de apelación por la parte actora para que se acuerde la extinción de la obligación de pago de la pensión desde la interposición de la demanda.
Tal petición debe ser rechazada, pues con independencia de que en el Fallo de la Sentencia se consigne como estimada...
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...de la Audiencia Provincial de Barcelona, Sección 18.ª, de 8 de noviembre de 2005 (AC 2006/181); y la sentencia de la Audiencia Provincial de Girona, Sección 2.ª, de 13 de junio de 2007 (JUR [26] GÓMEZ OLIVEROS, J. M., «Comentarios a la Ley 13/1983, de 24 de octubre», op. cit., pág. 634; CAN......