SAP Barcelona 349/2007, 17 de Abril de 2007

PonentePABLO LLARENA CONDE
ECLIES:APB:2007:3070
Número de Recurso38/2006
Número de Resolución349/2007
Fecha de Resolución17 de Abril de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 6ª

Normal;AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCION SEXTA

BARCELONA

ORDEN Nº: 38-06

Sumario: 1/06

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº uno de Granollers.

S E N T E N C I A nº

ILMOS SRES.

D. MIGUEL ANGEL GIMENO JUBERO.

D. PABLO LLARENA CONDE.

DÑA. MARIA DOLORES BALIBREA PEREZ.

En la ciudad de Barcelona, a 17 de abril del 2007.

VISTO ante esta Sección, en nombre de S.M. el Rey, el presente Sumario seguido por un delito contra la salud pública, dimanante del procedimiento sumario 1/06 de las del Juzgado de Instrucción número uno de los de Granollers, contra el acusado Luis María, representado en esta causa por el Procurador Dña. Neus Riudavets Vila y asistido por el Letrado D. Jaime Tomás Guerra Balic; siendo parte acusadora el Ministerio Fiscal y actuando como Magistrado ponente el Ilmo. Sr. D. PABLO LLARENA CONDE, quien expresa el parecer del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Por el Juzgado de Instrucción antes indicado se decretó el procesamiento de Luis María, nacido el 16 de octubre de 1963 en la localidad alemana de Geburtsort Hermannnstadt, hijo de Martin y Saveta y con número de pasaporte alemán NUM000, habiéndose acordado la apertura de juicio oral contra el mismo por auto de esta misma sala.

Segundo

Celebrado el juicio el día y hora señalado al efecto, el Ministerio Fiscal en sus conclusiones definitivas calificó los hechos como constitutivos de un delito contra la salud pública, en su modalidad de sustancias que causan grave daño a la salud y concurriendo la agravante específica es notoria importancia, de los artículos 368 y 369.6 de del código penal ; estimando responsable en concepto de autor al acusado, para quien -por no concurrir circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal- pidió la pena de 10 años de prisión y multa de 140.000 euros.

Tercero

En el mismo trámite, la defensa del acusado se manifestó conforme con la pretensión del ministerio fiscal. Seguidamente todas las partes informaron en apoyo de sus respectivas tesis y, después de oírse al acusado, quedaron los autos vistos para sentencia.

Unico.- Ha sido probado, y así expresa y terminantemente se declara que siendo aproximadamente las 21 horas del día 15 de febrero del 2006, el procesado Luis María (mayor de edad, sin antecedentes penales, de nacionalidad alemana y en prisión provisional por esta causa desde el 18 de febrero del 2006) fue detenido por agentes de la guardia civil en el peaje de La Roca sito en la autopista AP7 cuando conducía el vehículo de su propiedad, marca Mercedes, modelo A-170 y con matrícula de Alemania XZ XZ-...., en cuyo interior -y concretamente en un vuelco del depósito de gasolina- transportaba con pleno conocimiento de ello, 10 paquetes de una sustancia que una vez pesada y analizada resultó ser cocaína, con un peso total de 10.044,100 gramos y una riqueza del 79,7%. Dicha sustancia tiene en el mercado ilícito un valor aproximado de...

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