SAP Pontevedra 455/2010, 16 de Diciembre de 2010
Ponente | JAIME ESAIN MANRESA |
ECLI | ES:APPO:2010:2979 |
Número de Recurso | 394/2010 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 455/2010 |
Fecha de Resolución | 16 de Diciembre de 2010 |
Emisor | Audiencia Provincial - Pontevedra, Sección 3ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3
PONTEVEDRA
SENTENCIA: 00455/2010
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3 de PONTEVEDRA
1280A0
/ROSALÍA DE CASTRO NÚM. 5-2-IZQ. (PONTEVEDRA)
Tfno.: 986805127/28/29/30 Fax: 986805123
N.I.G. 36024 41 1 2008 0100716
ROLLO: RECURSO DE APELACION (LECN) 0000394 /2010
Juzgado de procedencia: JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.1 de LALIN
Procedimiento de origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000346 /2008
De: COAGA S. COOP. LTDA.
Procurador: MARIA SUSANA TOMAS ABAL
Abogado: JUAN C QUINDOS LINDIN
Contra: Anton
Procurador: CARLOS VILA CRESPO
Abogado: JOSE CARLOS PALMOU CIBEIRA
S E N T E N C I A N U M: 455/2010
SEÑORES DEL TRIBUNAL
ILUSTRISIMOS SRES
PRESIDENTE
D. ANTONIO J. GUTIÉRREZ R.- MOLDES.
MAGISTRADOS
D. JAIME ESAIN MANRESA
D. FRANCISCO JAVIER ROMERO COSTAS.
En la ciudad de PONTEVEDRA, a dieciseis de Diciembre de dos mil diez.
Vistos ante esta Ilustrísima Audiencia Provincial en grado de apelación los autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000346 /2008, seguidos en el JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.1 de LALIN, RECURSO DE APELACION (LECN) 0000394 /2010; seguidos entre partes, de una como recurrente COAGA S. COOP. LTDA., representado/s por la Procuradora Dª MARIA SUSANA TOMAS ABAL, dirigido/s por el Letrado D. JUAN C QUINDOS LINDIN, y de otra como recurrido/s D. Anton , representado/s por el/la Procurador/a D CARLOS VILA CRESPO y dirigido/s por el/la Letrado D. JOSE CARLOS PALMOU CIBEIRA. Actúa como Ponente, el Iltmo. Sr. D. JAIME ESAIN MANRESA.
PRIMERO .- Por el JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.1 de LALIN, se dictó sentencia de fecha 31 de julio de 2009 , cuya parte dispositiva, dice: "FALLO: Que sin entrar en el fondo del asunto y apreciando la prescripción de la acción desestimo la demanda presentada por la Procuradora de los Tribunales Dña. Mª del Carmen Fernández Ramos en nombre y representación de "Coaga S. Coop. LTDA" contra D. Anton , con imposición de costas a la parte demandante".
SEGUNDO .- Contra mencionada resolución interpuso la parte demandante el presente recurso de apelación que fue sustanciado en la instancia de conformidad con lo establecido en el art. 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil ; se elevaron los autos, correspondiendo a este Tribunal su resolución, dando lugar a la formación del presente rollo, no habiéndose celebrado vista pública ni práctica de prueba, quedó el procedimiento para votación y fallo.
TERCERO .- En la tramitación del recurso se han observado y cumplido todas las prescripciones de carácter legal.
No se aceptan los contenidos en la resolución impugnada.
PRIMERO.-La sentencia apelada desestimó demanda de procedimiento ordinario en ejercicio de acción de incumplimiento de contrato de compraventa de pienso, en reclamación de 3.294,40 euros -rebajados a 2.325,60 euros en audiencia previa por la parte actora-, considerando operativo el instituto de prescripción en referencia a calificada compraventa civil, conforme a principal art. 1.967-4ª CC .
SEGUNDO.-A efectos prescriptivos resulta fundamental dejar sentado si no encontramos ante una compraventa civil con plazo de prescripción trianual del indicado art. 1967-4ª CC , o ante compraventa mercantil a la que se aplica el plazo de 15 años previsto en art. 1.964 CC .
Constante doctrina jurisprudencial priva de naturaleza civil a las llamadas compras de empresa o empresariales cuyo fin propio es la inversión...
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