Cuestión Vinculante nº V0203-11 de Dirección General de Tributos, Subdirección General de Impuestos sobre el consumo, 1 de Febrero de 2011

Fecha01 Febrero 2011

1- El artículo 7 del Decreto-Ley 4/2010, de 6 de julio, de Medidas fiscales para la reducción del déficit público y para la sostenibilidad, de la Junta de Andalucía (Boletín Oficial Junta de Andalucía del 9) ha creado el Impuesto sobre las Bolsas de Plástico de un Solo Uso en Andalucía, cuya finalidad es disminuir la utilización de las mismas, para así minorar la contaminación que generan y contribuir a la protección del medio ambiente.

Constituye el hecho imponible del Impuesto el suministro de bolsas de plástico por un establecimiento comercial. A estos efectos, se entenderá por bolsas de plástico las fabricadas con este material, entregadas a los consumidores en los puntos de venta y destinados a facilitar el transporte de los productos adquiridos.

Son sujeto pasivo del Impuesto a título de contribuyentes, las personas físicas o jurídicas, así como entes sin personalidad jurídica a los que se refiere el artículo 36de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, titulares de establecimientos que suministren bolsas de plástico de un solo uso a los consumidores, quienes deberán repercutir íntegramente el importe total del impuesto al consumidor, quedando este obligado a soportarlo.

La base imponible del Impuesto está constituida por el número total de bolsas de plástico de un solo uso suministradas por el sujeto pasivo durante el período impositivo y el tipo impositivo para el ejercicio 2011 será de 5 céntimos de euro por cada bolsa de plástico de un solo uso suministrada.

  1. - El artículo 4 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido (BOE del 29), establece que "estarán sujetas al Impuesto las entregas de bienes y prestaciones de servicios realizadas en el ámbito espacial del Impuesto por empresarios o profesionales a título oneroso, con carácter habitual u ocasional, en el desarrollo de su actividad empresarial o profesional, incluso si se efectúan en favor de los propios socios, asociados, miembros o partícipes de las entidades que las realicen".

    De conformidad con lo establecido en el apartado tres de dicho precepto, "la sujeción al Impuesto se produce con independencia de los fines o resultados perseguidos en la actividad empresarial o profesional o en cada operación en particular.

    A tales efectos, la letra a) del apartado uno del artículo 5 de la Ley del Impuesto establece que se reputarán empresarios o profesionales "las personas o entidades que realicen las actividades empresariales o...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 temas prácticos
  • Consideraciones generales de la base imponible en el IVA
    • España
    • Práctico Asesor Practico Impuestos Práctico Impuesto sobre el Valor Añadido Operaciones interiores Base imponible en el IVA
    • 12 Junio 2019
    ...el Impuesto sobre las Bolsas de Plástico de un Solo Uso en Andalucía (Consulta Vinculante nº V0203-11 de Dirección General de Tributos, Subdirección General de Impuestos sobre el Consumo, 1 de Febrero de 2011 [j 10]) y el Impuesto sobre Estancias en Establecimientos Turísticos en Cataluña (......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR