SAP Madrid 93/2006, 21 de Marzo de 2006

PonenteMARIA CATALINA PILAR ALHAMBRA PEREZ
ECLIES:APM:2006:10990
Número de Recurso89/2006
Número de Resolución93/2006
Fecha de Resolución21 de Marzo de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 15ª

MARIA CATALINA PILAR ALHAMBRA PEREZ

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN DECIMOQUINTA

SENTENCIA Nº 93

Magistrada:

PILAR ALHAMBRA PEREZ

Rollo J- 89/06

J. Faltas 185/05

J. Instr. 2 Alcobendas

En Madrid a 21 de marzo de 2006

Esta Magistrada ha visto el recurso de apelación interpuesto por Olga contra la sentencia dictada por la Magistrada-Juez del Juzgado de Instrucción nº 2 de Alcobendas, en fecha 22 de diciembre de 2005, en la causa arriba referenciada.

ANTECEDENTES PROCESALES

  1. El relato de hechos probados de la sentencia recurrida dice así: "

PRIMERO

Doña Olga denunció ante comisaría que el día 24-4-05, debía haber devuelto el denunciado a la hija que ambos tienen en común antes de las 20:00 horas de la citada fecha, según el régimen de visitas judicialmente aprobado en su día.

Que sobre la indicada hora y cuando la denunciante se encontraba en la calle, vio a su ex pareja en compañía de su hija, acercándose el denunciado a ella, y sin mediar palabra se acercó a la misma y le quitó las llaves del domicilio de la misma, observando cómo éste se dirigía a la comisaría en compañía de su hija, por lo que la denunciante se dirigía al domicilio de su madre.

Que dos o tres horas más tarde le fue devuelta la niña.

SEGUNDO

El Sr. Benjamín denunció a su vez, que cuando se dirigió sobre las 19:00 horas al domicilio de la madre de su hija para devolver a ésta, la madre no se encontraba en casa por lo que decidió dejar a la niña en casa de su abuela, dirigiéndose hacia la misma, cuando encontró la denunciante quien le golpeó con las llaves, insultándole y agrediéndole, causándole lesiones, por lo que le quitó las mismas, dejó a su hija con su abuela y se dirigió a comisaría.

Por estos hechos se decidió fueran seguidas diligencias previas de procedimiento abreviado".

El fallo de la sentencia recurrida dice así: "Que debo absolver y absuelvo a Fidel de la falta que se le imputaba declarando de oficio las costas causadas, si las hubiere.

Dedúzcase testimonio de las presentes actuaciones para la investigación por diligencias procedimiento abreviado de las lesiones sufridas por Fidel ".

  1. La apelante solicitó la revocación de la sentencia y que se dicte otra por la que se condene Fidel como autor de una falta contra las relaciones familiares del artículo 622 CP a la pena de un mes multa a razón de una cuota diaria de tres euros con la responsabilidad...

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