SAN, 10 de Enero de 2003

PonenteMARIA DEL PILAR TESO GAMELLA
EmisorAudiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 1ª
ECLIES:AN:2003:4033
Número de Recurso1116/2000

FERNANDO FRANCISCO BENITO MORENO MARIA DEL PILAR TESO GAMELLA MANUEL FERNANDEZ-LOMANA GARCIA MARIA NIEVES BUISAN GARCIA EDUARDO CALVO ROJAS

SENTENCIA

Madrid, a diez de enero de dos mil tres.

Vistos por la Sala de lo Contencioso-administrativo (Sección Primera) de esta Audiencia Nacional

el presente recurso número 1116/2000, interpuesto por el Procurador de los Tribunales D. Javier

Álvarez Diez, en nombre y representación de D. Ildefonso, contra la

Resolución del Ministro del Interior de 17 de noviembre de 2000, de inadmisión a trámite de la

solicitud de asilo, y contra la denegación de la petición de reexamen. Ha sido parte demandada la

Administración del Estado, representada y defendida por la Abogacía del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido el recurso y previos los oportunos trámites, se confirió traslado a la parte actora para que deduzca demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito presentado el día 20 de julio de 2001, en el que tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que consideró oportunos termina solicitando que se dicte sentencia estimatoria del recurso que anule la resolución recurrida por ser contraria a derecho.

SEGUNDO

El Abogado del Estado contesta a la demanda mediante escrito presentado el día 5 de diciembre de 2001, en el que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó oportunos, solicita que se dicte sentencia desestimatoria del recurso y se confirme la resolución recurrida por ser conforme a derecho.

TERCERO

No acordado el recibimiento a prueba del recurso contencioso administrativo, por no designarse los puntos de hecho sobre los que había de versar la prueba. Estimándose innecesaria la celebración de vista, se confirió traslado a las partes para conclusiones. Evacuado este trámite las actuaciones pendientes de señalamiento del día para su votación y fallo, que finalmente fue fijado para el día 8 de enero de 2003.

Ha sido ponente la Ilma. Sra. Dña. Pilar Teso Gamella.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso contencioso-administrativo se interpone contra la Resolución del Ministro del Interior de 17 de noviembre de 2000, que inadmitió a trámite la solicitud para la concesión del derecho de asilo en España a la parte recurrente -nacional de Colombia-, por concurrir la causa prevista en el artículo 5.6.b) de la Ley 5/1984, de 26 de marzo, reguladora del Derecho de Asilo y de la Condición de Refugiado, en redacción establecida por Ley 9/1994, de 19 de mayo.

La resolución impugnada acuerda la inadmisión a trámite de la expresada solicitud de asilo por considerar que no se ha alegado "ninguna de las causas previstas en la Convención de Ginebra sobre el Estatuto del Refugiado de 1951 o en la Ley 5/1984, de 26 de marzo ", pues no son "los motivos invocados suficientes para la concesión de la protección solicitada por no estar incluidos dentro de las causas de reconocimiento del derecho de asilo" (causa prevista en el artículo 5.6.b/ de la Ley de Asilo ).

El recurrente manifiesta, en su solicitud de asilo (folio 2.3 del expediente administrativo), que "el 25.12.93, una pandilla mató a su hermano a tiros. Lo denunciaron y a los 2 años la policía lo detuvo y lo encarceló. La pandilla se molestó y empezó a golpear su puerta y a amenazarlos con armas. Cuando los detenían los soltaban. Por esto toda la familia tuvo que cambiar de domicilio. El solicitante se fue a vivir con su mujer e hijos a Montenegro. A los seis meses volvieron a Pereira. Empezaron a tirar piedras a su casa, etc. Un día salió la madre a regañarlos y la agredieron y cuando el solicitante salió a defenderla, le dispararon en el pie derecho (06.08.99). Lo llevaron al hospital, le puso una denuncia y comenzaron a amenazarlo para que la quitara, le amenazaban con represalias contra su madre, pareja e...

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