SAN, 12 de Junio de 2003
Ponente | MARIA NIEVES BUISAN GARCIA |
Emisor | Audiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 1ª |
ECLI | ES:AN:2003:4430 |
Número de Recurso | 1769/2001 |
FERNANDO FRANCISCO BENITO MORENO MARIA DEL PILAR TESO GAMELLA MANUEL FERNANDEZ-LOMANA GARCIA MARIA NIEVES BUISAN GARCIA EDUARDO CALVO ROJAS
SENTENCIA
Madrid, a doce de junio de dos mil tres.
La Sala constituida por los Sres. Magistrado relacionados al margen ha visto el recurso
contencioso-administrativo número 1769/01 interpuesto por Dª. Ariadna,
representado por la Procuradora Dª. Rocío Arduan Rodríguez, contra la resolución de Ministerio del Interior de fecha 5 de septiembre de 2001 por la que se le denegó el reconocimiento de la
condición de refugiado y el derecho de asilo. Ha sido parte demandada en las presentes
actuaciones la Administración General del Estado representada por la Abogacía del Estado.
Se interpone el presente recurso contencioso-administrativo contra la Resolución del Ministerio del Interior de 5 de septiembre de 2001 que deniega el reconocimiento de la condición de refugiado y el derecho de asilo a doña Ariadna, nacional de Colombia.
Admitido el presente recurso y previos los oportunos trámites se confirió traslado a la parte actora para que en el término de veinte días formalizase la demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito presentado el 10 de julio de 2002 en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó aplicables, solicitó se dictara sentencia anulando la resolución recurrida "declarando el derecho de mi mandante a solicitar de nuevo el asilo con todas las garantías procesales establecidas, principalmente las del artículo 24 de la Constitución ".
El Abogado del Estado contestó la demanda en escrito presentado el 2 de septiembre de 2002 en el que solicitó sentencia desestimatoria del recurso, con confirmación de la resolución recurrida dada su conformidad a Derecho.
Habiéndose denegado el recibimiento del recurso a prueba mediante Auto de 25 de septiembre de 2002, y no estimándose necesaria la celebración de vista pública, y tampoco la evacuación del trámite de conclusiones, quedaron las actuaciones pendientes de señalamiento para votación y fallo.
A continuación se señaló para tal votación y fallo el día 10 de junio de 2003, fecha en que ha tenido lugar, habiendo sido ponente la Ilma. Magistrada doña Nieves Buisán García, quien expresa el parecer de la Sala.
Se impugna en el presente recurso contencioso-administrativo la Resolución del Ministro del Interior de fecha 5 de septiembre de 2001 que deniega el reconocimiento de la condición de refugiado y el derecho de asilo a doña Ariadna, nacional de Colombia.
Se fundamenta la expresada resolución en que no se aprecia la existencia de temores fundados de persecución por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social u opiniones políticas que permitan reconocer la condición de refugiado, tal y como exige el artículo 1.A.2, párrafo primero, de la Convención de Ginebra de 1951, sobre el Estatuto de los Refugiados. Ello dado que "La solicitante alega una persecución frente a la cual, según el contenido del expediente y la información disponible sobre el país de origen, la solicitante puede encontrar protección eficaz en otro lugar de su propio país, al que resulta razonable esperar que se desplace", y también que " Los elementos probatorios aportados por el solicitante en apoyo de sus alegaciones acreditan hechos que no pueden ser considerados una persecución de las contempladas en el artículo 1.A de la Convención de Ginebra de 1951 ".
Tras la modificación de la Ley 5/1984, de 26 de...
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