SAN, 12 de Junio de 2003

PonenteMARIA NIEVES BUISAN GARCIA
EmisorAudiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 1ª
ECLIES:AN:2003:4430
Número de Recurso1769/2001

FERNANDO FRANCISCO BENITO MORENO MARIA DEL PILAR TESO GAMELLA MANUEL FERNANDEZ-LOMANA GARCIA MARIA NIEVES BUISAN GARCIA EDUARDO CALVO ROJAS

SENTENCIA

Madrid, a doce de junio de dos mil tres.

La Sala constituida por los Sres. Magistrado relacionados al margen ha visto el recurso

contencioso-administrativo número 1769/01 interpuesto por Dª. Ariadna,

representado por la Procuradora Dª. Rocío Arduan Rodríguez, contra la resolución de Ministerio del Interior de fecha 5 de septiembre de 2001 por la que se le denegó el reconocimiento de la

condición de refugiado y el derecho de asilo. Ha sido parte demandada en las presentes

actuaciones la Administración General del Estado representada por la Abogacía del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se interpone el presente recurso contencioso-administrativo contra la Resolución del Ministerio del Interior de 5 de septiembre de 2001 que deniega el reconocimiento de la condición de refugiado y el derecho de asilo a doña Ariadna, nacional de Colombia.

SEGUNDO

Admitido el presente recurso y previos los oportunos trámites se confirió traslado a la parte actora para que en el término de veinte días formalizase la demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito presentado el 10 de julio de 2002 en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó aplicables, solicitó se dictara sentencia anulando la resolución recurrida "declarando el derecho de mi mandante a solicitar de nuevo el asilo con todas las garantías procesales establecidas, principalmente las del artículo 24 de la Constitución ".

TERCERO

El Abogado del Estado contestó la demanda en escrito presentado el 2 de septiembre de 2002 en el que solicitó sentencia desestimatoria del recurso, con confirmación de la resolución recurrida dada su conformidad a Derecho.

CUARTO

Habiéndose denegado el recibimiento del recurso a prueba mediante Auto de 25 de septiembre de 2002, y no estimándose necesaria la celebración de vista pública, y tampoco la evacuación del trámite de conclusiones, quedaron las actuaciones pendientes de señalamiento para votación y fallo.

QUINTO

A continuación se señaló para tal votación y fallo el día 10 de junio de 2003, fecha en que ha tenido lugar, habiendo sido ponente la Ilma. Magistrada doña Nieves Buisán García, quien expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en el presente recurso contencioso-administrativo la Resolución del Ministro del Interior de fecha 5 de septiembre de 2001 que deniega el reconocimiento de la condición de refugiado y el derecho de asilo a doña Ariadna, nacional de Colombia.

Se fundamenta la expresada resolución en que no se aprecia la existencia de temores fundados de persecución por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social u opiniones políticas que permitan reconocer la condición de refugiado, tal y como exige el artículo 1.A.2, párrafo primero, de la Convención de Ginebra de 1951, sobre el Estatuto de los Refugiados. Ello dado que "La solicitante alega una persecución frente a la cual, según el contenido del expediente y la información disponible sobre el país de origen, la solicitante puede encontrar protección eficaz en otro lugar de su propio país, al que resulta razonable esperar que se desplace", y también que " Los elementos probatorios aportados por el solicitante en apoyo de sus alegaciones acreditan hechos que no pueden ser considerados una persecución de las contempladas en el artículo 1.A de la Convención de Ginebra de 1951 ".

SEGUNDO

Tras la modificación de la Ley 5/1984, de 26 de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • STS, 14 de Diciembre de 2006
    • España
    • 14 December 2006
    ...Administrativo de la Audiencia Nacional de fecha 12 de junio de 2003, recaída en el recurso seguido ante dicha Sala y Sección con el nº 1769/2001, sobre denegación de la condición de refugiado y el derecho de asilo, habiendo comparecido como parte recurrida la Administración General del Est......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR