STSJ Comunidad de Madrid 1424/2008, 10 de Julio de 2008
Ponente | SANDRA MARIA GONZALEZ DE LARA MINGO |
ECLI | ES:TSJM:2008:28953 |
Número de Recurso | 763/2008 |
Procedimiento | APELACIÓN |
Número de Resolución | 1424/2008 |
Fecha de Resolución | 10 de Julio de 2008 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.2
MADRID
SENTENCIA: 01424/2008
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
Sala de lo Contencioso Administrativo
Sección 2ª
Recurso de Apelación nº 763/2.008
Registro General nº 5.100/2.008
SENTENCIA Nº 1.424
ILMO.. SRES.
PRESIDENTE:
D. JUAN FRANCISCO LÓPEZ DE HONTANAR SÁNCHEZ
MAGISTRADOS:
D_ ELVIRA A. RODRÍGUEZ MARTÍ
D. MIGUEL ÁNGEL GARCÍA ALONSO
D. FRANCISCO JAVIER CANABAL CONEJOS
D_ SANDRA GONZÁLEZ DE LARA MINGO
D. MARCIAL VIÑOLY PALOP
En la Villa de Madrid, a diez de julio de dos mil ocho.
Visto por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, constituida en Sección por los Señores anotadas al margen, el recurso de apelación que con el número 763/2.008 ante la misma pende de resolución interpuesto por D. Benito, representado por la Procuradora Dª María Jesús Bejarano Sánchez y asistido del Letrado D. Javier Saunz Moreno contra la Sentencia de fecha 21 de enero de 2.008, dictado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 9 de Madrid, en el Procedimiento Ordinario seguido ante el mismo con el número 60/2.006, contra la resolución de fecha 13 de marzo de 2.005, dictada por la Directora de Servicios Sociales de la Empresa Municipal de la Vivienda de Madrid, por la que se deniega la solicitud de cambio de vivienda de protección oficial adjudicada en régimen de arrendamiento, por motivos de inseguridad personal. Siendo parte apelada el Excmo. Ayuntamiento de Madrid, representada y defendida por el Procurador D. José Bernardo Cobo Martínez de Murguia.
La sentencia apelada contiene parte dispositiva que copiada literalmente dice: FALLO: "Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por D. Benito contra la resolución de fecha 13 de marzo de 2.006 por la que se desestima su solicitud de cambio de vivienda adjudicada en régimen de arrendamiento por motivos de inseguridad personal".
Notificada la anterior Sentencia, por D. Benito, representado por la Procuradora Dª María Jesús Bejarano Sánchez y asistido del Letrado D. Javier Saunz Moreno se interpuso recurso de apelación, en el plazo de los quince días siguientes, que fue admitido en ambos efectos por providencia en la que también se acordó dar traslado del mismo a las demás partes para que, en el plazo común de quince días, pudieran formalizar su oposición.
Formuladas alegaciones por la parte apelada, el Juzgado de lo Contencioso-administrativo elevó los autos y el expediente administrativo, en unión de los escritos presentados, a la Sala de lo Contencioso-administrativo.
Recibidas las actuaciones, por providencia de fecha diez de julio de dos mil ocho se acordó dar a los autos el trámite previsto en los artículo 81 y siguientes de la Ley 29/1.998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- administrativa; y no habiéndose solicitado por las partes la celebración de vista o la presentación de conclusiones, se señaló para la deliberación y fallo del presente recurso de apelación el día diez de julio de dos mil ocho en cuyo acto tuvo lugar su celebración.
En la tramitación del presente procedimiento se han observado las prescripciones legales, y en particular las previsiones de los artículos 80.3º y 81 y siguientes de la Ley 29/1.998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- administrativa.
Ha sido Ponente la Ilma. Sra. Dª SANDRA GONZÁLEZ DE LARA MINGO, quien expresa el parecer de la Sección.
El presente recurso de apelación tiene por objeto la Sentencia de fecha 21 de enero de
2.008, dictado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 9 de Madrid, en el Procedimiento Ordinario seguido ante el mismo con el número 60/2.006, cuya parte dispositiva dice literalmente: "Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por D. Benito contra la resolución de fecha 13 de marzo de 2.006 por la que se desestima su solicitud de cambio de vivienda adjudicada en régimen de arrendamiento por motivos de inseguridad personal"..
El Procedimiento nº 60/2.006 tenía por objeto a su vez, la resolución de...
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