SAP Valencia 520/2009, 5 de Octubre de 2009

PonenteJOSE ANTONIO LAHOZ RODRIGO
ECLIES:APV:2009:7392
Número de Recurso563/2009
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución520/2009
Fecha de Resolución 5 de Octubre de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 7ª

1 Rollo nº 000563/2009

Sección Séptima

SENTENCIA Nº520

SECCION SEPTIMA

Ilustrísimos/as Señores/as:

Presidente/a:

DOÑA MªCARMEN ESCRIG ORENGA.

Magistrados/as

DON JOSE ANTONIO LAHOZ RODRIGO.

DOÑA PILAR CERDAN VILLALBA.

En la Ciudad de Valencia, a cinco de octubre de dos mil nueve.

Vistos, ante la Sección Séptima de la Ilma. Audiencia Provincial de Valencia en grado de apelación, los autos de Juicio Verbal - 000628/2008, seguidos ante el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 1 DE QUART DE POBLET, entre partes; de una como demandado - apelante/s COELFRI INSTALACIONES, S.L., dirigido por el/la letrado/a D/Dª. MATEO BLASCO PASTOR y representado por el/la Procurador/a D/Dª IGNACIO MONTES REIG, y de otra como demandante - apelado/s ALBAL DE ELECTRICIDAD Y TELECOMUNICACIONES, S.L., dirigido por el/la letrado/a D/Dª. ARACELI SANCHIS DUFAU y representado por el/la Procurador/a D/Dª M JOSE SANZ GARCIA.

Es Ponente el/la Ilmo/a. Sr./Sra. Magistrado/a D/Dª. JOSE ANTONIO LAHOZ RODRIGO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En dichos autos, por el Ilmo. Sr. Juez del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 1 DE QUART DE POBLET, con fecha 22 de abril de 2009, se dictó la sentencia cuya parte dispositiva es como sigue: "FALLO: Estimar íntegramente la demanda interpuesta por la representación procesal de Albal de Electricidad y Telecomunicaciones S.L. contra Coelfri Instalaciones S.L., y en consecuencia, condeno a la entidad demandada a pagar a la parte actora la cantidad de dos mil trescientos veintidós euros con ochenta y nueve céntimos (2.322,89#), más el interés legal desde el requerimiento para pago; con expresa imposición de las costas causadas en esta instancia a la parte demandada. Se declara expresamente la temeridad del demandado a los efectos de lo dispuesto en el artículo 394,3 L.E.C." SEGUNDO.-Contra dicha sentencia, por la representación de la parte demandada se interpuso recurso de apelación, y previo emplazamiento de las partes se remitieron los autos a esta Audiencia, en donde comparecieron las partes personadas. Se ha tramitado el recurso, acordándose el día 30 de Septiembre de 2009 para Votación y Fallo, en que ha tenido lugar.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones y formalidades legales en materia de procedimiento.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El recurso de apelación, interpuesto por la representación procesal de la demandada contra la sentencia de instancia, la impugna al considerar, en primer lugar, que debe declararse la nulidad de lo actuado por falta de competencia al venir atribuida al Juzgado de lo Mercantil al estar en concurso la demandada, COELFRI, en segundo lugar, que no se valora en debida forma la prueba practicada e infringe el articulo 1544 del C.C . y la doctrina jurisprudencial sobre los efectos del incumplimiento defectuoso del contrato, "non rite addimpleti contractus", por lo que interesa se resuelva en los términos solicitados.

Entrando en el enjuiciamiento de los motivos de apelación, los antecedentes del procedimiento son los siguientes: a) La demandante, fue subcontratada por la demandada para realizar diversos trabajos de instalación eléctrica en una urbanización de Javea, emitiendo la factura nº 508/2007 de fecha 20 de agosto de 2007, que se reclama en petición inicial de juicio monitorio; b)...

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