SAP Madrid 217/2009, 31 de Marzo de 2009

PonenteJOSE VICENTE ZAPATER FERRER
ECLIES:APM:2009:18299
Número de Recurso408/2008
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución217/2009
Fecha de Resolución31 de Marzo de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 12ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 12

MADRID

SENTENCIA: 00217/2009

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCIÓN DUODÉCIMA

RECURSO DE APELACION Nº 408/08

JDO. 1ª INST. Nº 3 DE MADRID

AUTOS Nº 53/08 (VERBAL)

DEMANDANTE/APELADO: D. Jose María

PROCURADOR: D. EMILIO ALVAREZ ZANCADA

DEMANDADOS/APELANTES: DIARIO EL PAÍS, S.L. y D. Juan María

PROCURADOR: D. ARGIMIRO VÁZQUEZ GUILLÉN

SENTENCIA Nº 217

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. JOSE VICENTE ZAPATER FERRER

D. FERNANDO HERRERO DE EGAÑA Y OCTAVIO DE TOLEDO

Dª MARGARITA OREJAS VALDES

En Madrid, a treinta y uno de marzo de dos mil nueve.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección Duodécima de la Audiencia Provincial de Madrid, los Autos de Juicio Verbal nº 53/08, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Madrid, a los que ha correspondido el Rollo nº 408/08, en los que aparece como demandante-apelado D. Jose María representado por el Procurador D. Emilio Álvarez Zancada y como demandados-apelantes D. Juan María y DIARIO EL PAIS, S.L. representados por el procurador D. Argimiro Vázquez Guillén, sobre acción de rectificación, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D JOSE VICENTE ZAPATER FERRER.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada.

SEGUNDO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Madrid, se dictó sentencia con fecha 12 de Febrero de 2.008, cuya parte dispositiva dice: "FALLO: Estimo en parte la demanda formulada por el procurador Emilio Álvarez Zancudo, en nombre y representación de Jose María, contra Diario El País S.L. Y Juan María, declaro haber lugar parcialmente a la misma, y en su virtud: 1º ordeno a los demandados que, de forma gratuita, realicen la publicación del escrito de rectificación de la noticia relativa a su mandante, con el contenido y en las condiciones que siguen:

Contenido: Señor director de El País: En ejercicio de cuanto previene la Ley Orgánica 2/1984 de 26 de marzo, le remito, para su publicación en dicho diario, el siguiente escrito de rectificación: "El día 7 de diciembre de 2007 su diario publicó un artículo firmado por don Jose Ángel y titulado "Barroso se asoció con promotores de La Sexta hasta que fue a la Moncloa", acompañado de otro titular "La ley le exigía inhibirse en asuntos de empresas en las que hubiera intervenido". Mientras desempeñé mis responsabilidades, La Sexta no existía y el concurso público que dio lugar a su nacimiento fue convocado -y posteriormente fallado- con posterioridad a mi salida del cargo. En el momento de mi toma de posesión como Secretario de Estado de Comunicación en abril de 2004 mantenía únicamente una participación en sólo dos de todas las empresas que mencionan: Parkbarroso y DGP S.A. Ambas son sociedades familiares y en ninguna desempeñaba cargo alguno de responsabilidad. La primera jamás ha desarrollado actividad alguna en el ámbito audiovisual, sino en el de los aparcamientos. La segunda sólo realizó en treinta años de existencia una actividad relacionada con lo audiovisual: una serie de dibujos animados para niños de cien minutos de duración producida en 1994, es decir, hace trece años. Así consta en las preceptivas declaraciones de actividades y de bienes depositadas en el Ministerio de Administraciones Públicas al asumir el cargo y también al dejarlo en septiembre de 2005. La vigente legislación no prohíbe disponer de participaciones en empresas, sino intervenir en asuntos que afecten a dichas empresas. Cumplí ese precepto en todos los actos en los que intervine en mi condición de Secretario de Estado y jamás adopté o participé en la adopción de ninguna decisión que afectara a ninguna sociedad en la que tuviera intereses o los hubiera tenido en el pasado. Para aclarar la información relativa a la empresa "La corriente alterna" basta con acudir a una noticia del propio diario El País que, en su edición de 28 de febrero de 2001, titulaba "Un centenar de profesionales fundan un diario digital alternativo". Y seguía: "El periódico digital lacorrientealterna.com ya está en la red. Noticias sobre solidaridad, ecología, música, cine y literatura son los principales contenidos de este diario (...) Cada uno de los socios ha aportado una cuota económica para impulsar el arranque del diario y ninguno de ellos ha podido adquirir más de 30 acciones que se traducen en cinco millones de pesetas." Entre los cien socios promotores figuraban destacados creadores literarios, musicales y cinematográficos así como prestigiosos profesionales de la comunicación que prestaban sus servicios en diversas empresas; en particular, más de una decena de personas vinculadas al grupo PRISA. Desgraciadamente, todos los perdieron, como yo, su inversión puesto que este meritorio proyecto fracasó económicamente y la empresa interrumpió su actividad en 2002, para extinguirse legalmente y liquidarse en 2005.Entre tanto, yo había vendido mis acciones con la pérdida correspondiente a principios de 2004. Como puede comprobarse con la lectura del decreto de constitución del Gobierno, las competencias en materia audiovisual están legalmente confiadas al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y no al Ministerio de Presidencia, del que depende la Secretaría de Estado de Comunicación que yo desempeñé durante año y medio. Todas las resoluciones e iniciativas referidas al ámbito audiovisual fueron y siguen siendo adoptadas en el marco del Ministerio de Industria. Es más, jamás asistí durante ese período a órgano colegiado alguno (Comisión de Subsecretarios, Comisión Delegada para Asuntos Económicos...) en el que se adoptara acuerdo alguno en materia de medios audiovisuales. Existen actas que prueban todo lo anterior. Cuando asumí la Secretaría de Estado de Comunicación en abril de 2004, La Sexta no existía. Cuando abandoné dicho cargo en septiembre de 2005, La Sexta tampoco existía. La Sexta obtuvo su licencia en un concurso público (hecho que omite el artículo, que habla de una licencia "otorgada" por el gobierno) convocado por un decreto del Ministerio de Industria en octubre de 2005, cuando yo había dejado de desempeñar cargo público alguno. Y ese concurso público fue resuelto, también por un decreto del Ministerio de Industria, dos meses más tarde. Por tanto, ni poseía atribuciones legales para intervenir a favor de La Sexta, ni existió la posibilidad material de hacerlo, pues los trámites y decisiones referidos a dicha cadena se produjeron cuando yo no ocupaba la Secretaría de Estado de Comunicación. Sin otro particular Jose María

Condiciones: a) la publicación deberá realizarse dentro de los tres días siguientes a la notificación de la sentencia; b) la publicación deberá realizarse de forma íntegra, por no exceder de extensión el escrito de rectificación...

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