SAP Barcelona 423/2009, 15 de Junio de 2009

PonentePABLO LLARENA CONDE
ECLIES:APB:2009:4438
Número de Recurso1/2009
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución423/2009
Fecha de Resolución15 de Junio de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 6ª

Normal;AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCION SEXTA

BARCELONA

ORDEN Nº: 1/09

D. PREVIAS: 2209/06

JUZGADO de Instrucción Nº 8 de los de Barcelona.

S E N T E N C I A nº

ILMOS SRES.

D. PABLO LLARENA CONDE.

D. EDUARDO NAVARRO BLASCO.

DÑA. MARIA DOLORES BALIBREA PEREZ.

En la ciudad de Barcelona, a 15 de junio de 2009.

VISTO ante esta Sección, en nombre de S.M. el Rey, el presente Procedimiento Abreviado seguido por un delito de lesiones, dimanante de las Diligencias Previas 2209/06 de las del Juzgado de Instrucción número 8 de los de Barcelona, contra: 1) El acusado Leonardo, funcionario del Cuerpo Nacional de policía con carne profesional número NUM000 ; 2) el acusado Ruperto, funcionario del Cuerpo Nacional de policía con carne profesional número NUM001 ; 3) Jesús Carlos, funcionario del Cuerpo Nacional de policía con carne profesional número NUM002 y 4) Bartolomé, funcionario del Cuerpo Nacional de policía con carne profesional número NUM003 ; todos ellos representados y asistidos por la Abogacía del Estado, quien intervino además en representación del Ministerio del Interior como Responsable Civil Subsidiario. Siendo también parte el Ministerio Fiscal y siendo parte acusadora Felix, representado en esta causa por el Procurador Sr. Fermin Lecumberri Torrera y asistido por el Letrado D. Jordi Figuera Albert y actuando como Magistrado ponente el Ilmo. Sr. D. PABLO LLARENA CONDE, quien expresa el parecer del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Por el Juzgado de Instrucción número 8 de Barcelona, se decretó la apertura del juicio oral contra los acusados antes referenciados.

Segundo

Celebrado el juicio el día y hora señalado al efecto, la acusación particular ejercida por Felix en sus conclusiones definitivas calificó los hechos como constitutivos de un delito de lesiones de los artículos 147 y 148.1 y 2 del CP, entendiendo responsables de este delito a los cuatro acusados, para quienes pidió que se les impusiera la pena de dos años de prisión e inahabilitación especial para el desempeño de sus funciones de policía nacional durante el tiempo de la condena. La acusación particular solicitó ser indemnizada por los acusados de manera solidaria y en cantidad de 143.409,45 euros y que se condenara a los responsables al pago de las costas procesales causadas.

Tercero

En el mismo trámite, el Ministerio Fiscal y la defensa del acusado solicitaron la libre absolución de su patrocinado. Seguidamente ambas partes informaron en apoyo de sus respectivas tesis y, después de oirse al acusado, quedaron los autos vistos para sentencia.

  1. HECHOS PROBADOS.

Unico.- Ha sido probado que siendo aproximadamente las 21.50 horas del día 11 de abril de 2005, vecinos del inmueble sito en la CALLE000 nº NUM004 de Barcelona, cursaron aviso a la Policía Nacional por los graves desórdenes que en el edificio estaba causando su convecino Felix . Como consecuencia del aviso, fueron comisionados para acudir al lugar los acusados Leonardo (funcionario del Cuerpo Nacional de policía con carne profesional número NUM000 ); Ruperto (funcionario del Cuerpo Nacional de policía con carne profesional número NUM001 ); Jesús Carlos (funcionario del Cuerpo Nacional de policía con carne profesional número NUM002 ) y Bartolomé (funcionario del Cuerpo Nacional de policía con carne profesional número NUM003 ); todos ellos mayores de edad y sin antecedentes penales.

Llegada la patrulla actuante al edificio donde su presencia era reclamada, fueron subiendo los distintos pisos hasta alcanzar la planta en la que se encontraba la persona que los vecinos identificaron entonces como el autor de los disturbios. En la planta quinta se encontraba Felix quien, por estar en un estado de plena excitación y desmedida cólera y sometido a una importante afectación alcohólica, había arrojado varias pertenencias de su domicilio por el hueco de la escalera. De este modo había estrellado contra el suelo del portal diversos efectos, entre ellos al menos alguna silla y una pantalla de ordenador. Felix estaba todavía en el descansillo de la escalera correspondiente a la planta donde vive y profería gritos en ese momento. Cuando Felix advirtió la llegada de los agentes, les increpó...

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