SAP Alicante 521/2009, 30 de Septiembre de 2009

PonenteJOSE DANIEL MIRA-PERCEVAL VERDU
ECLIES:APA:2009:4390
Número de Recurso216/2009
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución521/2009
Fecha de Resolución30 de Septiembre de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 3ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN TERCERA

ALICANTE

PLAZA DEL AYUNTAMIENTO Nº4

Tfno: 965935965-7

Fax: 965935980

NIG: 03014-37-1-2009-0004351

Procedimiento: Rollo apelación sentencia procedimiento abreviado Nº 000216/2009- Dimana del Juicio Oral Nº 000231/2008

Del JUZGADO DE LO PENAL NUMERO 5 DE ALICANTE

Instructor 8 de Alicante

SENTENCIA Nº 521/2009

===========================

Iltmos/as. Sres/as.:

Presidente

JOSE DANIEL MIRA PERCEVAL VERDU

Magistrados/as

Mª DOLORES OJEDA DOMINGUEZ

JOSE Mª MERLOS FERNANDEZ

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En Alicante, a treinta de septiembre de dos mil nueve. La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Alicante, integrada por los Iltmos. Sres. del margen, ha visto el presente recurso de apelación en ambos efectos, interpuesto contra la sentencia núm. 197, de fecha 28/5/08, dictada por el Juzgado de lo Penal núm. 5 de Alicante, en su Juicio Oral núm. 231/08, correspondiente al Procedimiento Abreviado núm. 61/08 del Juzgado de Instrucción de Alicante nº 8, por delito de Robo con fuerza en las cosas; Habiendo actuado como parte apelante Vicente, Anton y Germán, representados por la Procuradora Dª Mª TERESA COTILLAS FIGUEIRAS y dirigidos por el Letrado D. GONZALO MARIO MARTÍN CANO y, como parte apelada el MINISTERIO FISCAL.

I - ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Son HECHOS PROBADOS de la sentencia apelada los del tenor literal siguiente: " Germán, Vicente y Anton, mayores de edad, naturales de Rumania y sin antecedentes penales, sobre las 4:00 horas del 12 de mayo de 2008 apalancaron el marco de la puerta del copiloto del vehículo Renault Clío CI ....-H, propiedad de Paloma que ésta había dejado aparcado y cerrado en la calle Canalejas de Alicante. El coche sufrió desperfectos que no han sido tasados y que la propietaria reclama" HECHOS PROBADOS QUE SE ACEPTAN con lo siguiente: Los acusados actuaron con la intención de sustraer lo que en el interior del vehículo pudieran encontrar.

SEGUNDO

El FALLO de dicha sentencia literalmente dice: "QUE DEBO CONDENAR Y CONDENO a Germán, Vicente y Anton como autores responsables de un delito de robo con fuerza en las cosas en grado de tentativa, ya definido, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad, a la pena, para cada uno de ellos, de siete meses de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y pago, por cada uno de ellos, de una tercera parte de las costas. En concepto de responsabilidad civil los acusados indemnizarán a la propietaria del vehículo en la cantidad en que se tasen los daños en ejecución de sentencia."

TERCERO

Contra dicha sentencia, en tiempo y forma y por Vicente, Anton y Germán, se interpuso el presente recurso alegando: 1) Error en la valoración de la prueba; 2) Error en la determinación de la pena impuesta.

CUARTO

Recibido el escrito de formalización del recurso, el Juez de lo Penal dio traslado del mismo a las demás partes por un plazo común de diez días para la presentación, en su caso, de los correspondientes escritos de impugnación o de adhesión al recurso. Transcurrido dicho plazo, se elevaron a esta Audiencia Provincial los autos originales con todos los escritos presentados.

QUINTO

En la sustanciación de las dos instancias seguidas por el presente asunto, se observaron las formalidades legales.

VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Señor Don JOSE DANIEL MIRA PERCEVAL VERDU, Magistrado de esta Sección Tercera, que expresa el parecer de la Sala.

I

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PRIMERO

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