AAP Santa Cruz de Tenerife 47/2009, 23 de Febrero de 2009

PonenteLUIS JAVIER CAPOTE PEREZ
ECLIES:APTF:2009:730A
Número de Recurso403/2008
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución47/2009
Fecha de Resolución23 de Febrero de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Santa Cruz de Tenerife, Sección 1ª

AUTO Nº 47/2009

Rollo nº 403/2008

Autos nº 252/2006

Jdo. 1ª Inst. nº 1 de Puerto de la Cruz

Iltmos. Sres.

Presidente:

D. JOSÉ RAMÓN NAVARRO MIRANDA

Magistrados:

D. EUGENIO SANTIAGO DOBARRO RAMOS

D. LUIS CAPOTE PÉREZ

En Santa Cruz de Tenerife, a veintitrés de febrero de dos mil nueve.

Visto, por la Sección Primera de la Audiencia Provincial integrada por los Ilmos. Sres. antes reseñados, el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada doña Macarena, contra la resolución dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Puerto de la Cruz, en los autos nº 252/2006, sobre verbal, seguidos a instancia de don David, representado por el Procurador doña Pilar de la Fuente Arencibia y asistido por el Letrado doña Naima Riquelme Santana, contra doña Macarena, representada por el Procurador doña Pilar González Casanova y asistida por el Letrado doña Elena Zarraluqui Navarro; han pronunciado en NOMBRE DE S.M. EL REY, el presente auto siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. LUIS CAPOTE PÉREZ, con base en los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan y dan por reproducidos los de la sentencia apelada.

SEGUNDO

En el procedimiento indicado la Iltma. Sra. Magistrado Juez Dª Laura Cristina Paulé González, dictó auto el veinte de diciembre de dos mil siete, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

NO SE ACUERDA LA SUSPENSIÓN de las actuaciones de este proceso, por encontrarse sólo pendiente de la redacción y firma de la resolución, que se realizará, respectivamente, por el Juez que hayan asistido a la vista o juicio, aunque después de ésta hubiera dejado de ejercer sus funciones en el tribunal que conozca del asunto.

TERCERO

Notificado el auto a las partes en legal forma, por la representación de la parte demandada, se preparó recurso de apelación, se interpuso el mismo, evacuándose el respectivo traslado formulando oposición, remitiéndose seguidamente las actuaciones a esta Sección.

CUARTO

Iniciada la alzada y seguidos todos sus trámites, se señaló día y hora para la votación y fallo, que tuvo lugar el día 19 de febrero de 2009.

QUINTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El punto de partida del presente asunto viene dado por la demanda de juicio verbal que en el año 2006 presentó la parte apelada, a través del ejercicio de la acción de tutela sumaria de recuperación posesoria, en la que se reclamaba de la parte apelante la tenencia de un vehículo automóvil de gran valor. Las partes habían sido matrimonio (en régimen de separación de bienes) y el coche en cuestión se hallaba en posesión de la demandada.

Contra tal pretensión interpuso la apelante escrito de contestación, manifestando que el actor no era en modo alguno propietario del vehículo descrito en la demanda y declarando que era ella quien había procedido al abono de las cantidades que componían el precio del coche, por lo que había que entender que era de su titularidad.

En el proceso, cada parte aportó los elementos probatorios que consideró oportunos, intentando acreditar la mejor apariencia posesoria. Así, el demandante invocó que la titularidad del vehículo constaba a su nombre en el registro de la Dirección General de Tráfico. Sin embargo, la consulta del mismo determinó que la misma correspondía a la demandada, lo que el actor explicó como un cambio que se había producido más allá de su conocimiento. En la vista del juicio y ratificadas ambas partes en sus irreductibles posturas, el demandante concluyó que se había producido alguna gestión irregular en lo referente a la titularidad del vehículo. Por su parte, la demandada consideró que la acción había sido ejercitada temerariamente, por cuanto la titularidad del vehículo había pasado al patrimonio de ella, merced a los acuerdos de liquidación del régimen económico que existía constante matrimonio.

Acto seguido, el...

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