STSJ Navarra 758/2009, 18 de Diciembre de 2009
Ponente | ANTONIO RUBIO PEREZ |
ECLI | ES:TSJNA:2009:1030 |
Número de Recurso | 365/2009 |
Procedimiento | ROLLO DE APELACIóN |
Número de Resolución | 758/2009 |
Fecha de Resolución | 18 de Diciembre de 2009 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
S E N T E N C I A DE A P E L A C I O N Nº 000758/2009
ILTMOS. SRES.:
PRESIDENTE,
D. JOAQUÍN Mª MIQUELEIZ BRONTE
MAGISTRADOS,
D. ANTONIO RUBIO PÉREZ
D. JUAN ANTONIO HURTADO MARTÍNEZ
En Pamplona/Iruña, a dieciocho de diciembre de dos mil nueve.
Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra constituida por los Ilustrísimos Señores Magistrados expresados, en grado de apelación, el presente rollo de apelación nº 0000365/2009 interpuesto contra el Acuerdo de la Delegación del Gobierno en Navarra de 17 de febrero de 2008, dictada en el expediente de expulsión nº 310020080000732 correspondiente a los autos procedentes del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº 2 de Pamplona/Iruña del Procedimiento Abreviado nº 172/2008. Siendo partes, como apelante, D. Evaristo, representado por el Procurador D. JUAN BAUTISTA LARRAYORZ PÉREZ; y, como apelada, la DELEGACION DEL GOBIERNO EN NAVARRA, representada y dirigida por el SR. ABOGADO DEL ESTADO.
En fecha 23-9-09 se dictó la Sentencia nº 247/09 por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº 2 de Pamplona/Iruña cuyo fallo contiene el tenor literal siguiente: "Que debo desestimar como desestimo íntegramente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación de Evaristo, contra la resolución del Delegado en Navarra de fecha 17 de Febrero de 2.008, confirmando la misma, y sin que proceda realizar pronunciamiento alguno respecto de las costas causadas."
Por la parte actora se ejercitó recurso de apelación en el que solicitaba su estimación con revocación de la sentencia apelada y, al que se dio el trámite legalmente establecido.
Elevadas las actuaciones a la Sala y formado el correspondiente rollo, tras las actuaciones legalmente prevenidas, se señaló para votación y fallo el día 15-12-2009.
Es ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. ANTONIO RUBIO PÉREZ.
La sentencia apelada confirma la resolución administrativa que acordó la expulsión del recurrente del territorio nacional como autor de una infracción del art. 53 a) de la L.O. 4/2000 de derechos y libertades de los extranjeros en España: encontrarse irregularmente en la misma. Considera la sentencia, conforme a una doctrina jurisprudencial que, por reiterada y conocida, es ocioso reproducir, no ha habido falta de motivación en la resolución administrativa ni vulneración del principio de proporcionalidad toda vez que además de la estancia ilegal, concurre la "agravante" de prolongarse la misma durante varios años. Y, por otro lado, el sancionado fue...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba