STSJ Comunidad de Madrid 1120/2009, 27 de Mayo de 2009

PonenteRICARDO SANCHEZ SANCHEZ
ECLIES:TSJM:2009:27661
Número de Recurso170/2007
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ORDINARIO
Número de Resolución1120/2009
Fecha de Resolución27 de Mayo de 2009
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.8

MADRID

SENTENCIA: 01120/2009

SENTENCIA Nº 1120

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN OCTAVA

Presidenta

Ilma. Sra. Dª. Inés Huerta Garicano.

Magistrados

Ilmos. Sres.:

D. Miguel Ángel Vegas Valiente

D. Ricardo Sánchez Sánchez

--------------------------------------------En la Villa de Madrid a veintisiete de mayo de dos mil nueve.

VISTOS, por la Sala, constituida por la Ilma. Sra. y los Ilmos. Sres. Magistrados relacionados al margen, los autos del recurso contencioso administrativo núm. 170/2007, seguido a instancia de la Procuradora Dª. Silvia María Casielles Morán, en nombre y representación de ESCUELA SUPERIOR DE CIENCIAS DE LA SALUD S.A., contra la resolución de fecha 22 de diciembre de 2006, del Consejero de Sanidad de la CAM que impuso a la actora una sanción en el expediente 40/200/FAR.

Ha sido parte en autos la Administración demandada, representada y defendida por un Letrado de sus servicios jurídicos.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó a la entidad demandante para que formalizase la demanda, lo que verificó mediante escrito, en el que postuló una sentencia en la que se reconozca íntegramente su derecho, anulando el acto administrativo objeto de impugnación, con todos los pronunciamientos legales favorables derivados de dicho reconocimiento.

SEGUNDO

El Letrado de la CAM contestó a la demanda suplicando se dictase sentencia desestimando el presente recurso.

TERCERO

No habiendo recibimiento a prueba, tras hacer sus conclusiones las partes, quedaron las actuaciones pendientes de señalamiento.

CUARTO

Para deliberación, votación y fallo del presente proceso se señaló la audiencia del día 26 de mayo de 2009, en la que tuvo lugar.

QUINTO

En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.

VISTOS los preceptos legales citados por las partes, concordantes y demás de general y pertinente aplicación.

Siendo Ponente el Magistrado de la Sección Ilmo. Sr. D. Ricardo Sánchez Sánchez.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Nos encontramos con los siguientes antecedentes que resultan del expediente administrativo:

1) Con fecha 31 de enero de 2006 por la Subdirección General de Control Farmacéutico y Productos Sanitarios se realiza visita de inspección conjunta con el Servicio de Inspección de Centros y Establecimientos Sanitarios a las dependencias de la Escuela de Medicina Tradicional China sita en la c/ Ferrocarril, 18, piso 3º del municipio de Madrid, levantándose actas núms. 1434, 1435, en las que tras indicar los servicios que se ofrecen en el centro, se constata la existencia de los productos que a continuación se relacionan (adjuntándose facturas de compra y relaciones), que fueron inmovilizados cautelarmente por el riesgo para la salud que puede suponer el consumo de sustancias no evaluadas ni autorizadas por la Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarios, ya que los productos podrían tener la consideración legal de medicamentos por su composición en especies vegetales no incluidas en el anexo de la Orden Ministerial de 3 de octubre de 1973. Asimismo, según la Administración, algunos de los productos incluían en su composición especies vegetales tóxicas recogidas en el Anexo de la Orden SCO/190/2004, de 28 de enero, por la que se establece la lista de plantas cuya venta al público queda prohibida o restringida por razón de su toxicidad.

Igualmente, algunos de estos productos corresponden a fórmulas chinas recogidas en el documento Fórmulas Magistrales Chinas en el que se recogen todas las preparaciones, su composición y utilidad terapéutica. Además se indica la forma de adquisición de los productos.

Otros productos son fórmulas particulares de algunos de los profesores del centro (almohada de Confucio Alergia Plus, Li Zhong Wang, Dejar de Fumar, Eucommia Ulmoides, Psoriasis tipo calor en sangre), de las que se recogió información de su composición, de la cual formaban parte especies vegetales no incluidas en el Anexo de la Orden Ministerial de 3 de octubre de 1973.

La relación de Productos elaborados con sustancias consideradas tóxicas en el Anexo de la Orden SC0/190/2004, de 28 de enero, por la que se establece la lista de plantas cuya venta al público queda prohibida o restringida por razón de su toxicidad eran:

Productos comercializados por la empresa SHIZHEN (UK) LTD. En el etiquetado se recoge el nombre del producto, la forma farmacéutica, cápsulas en cantidad de 60 y el nombre del distribuidor: Larache 8, 43870 de Amposta (Tarragona) GB/639057030.

- 7 envases de ALERGIN PLUS. En su composición figura la especie vegetal Xantium sibiricum, que se encuentra en el Anexo de la Orden SCO/190/2004.

- 9 envases LONG DAN XIE GAN WAN. En su composición figura la especie vegetal Aristolochia marishuriensis, que se encuentra en el Anexo de Orden SCO/190/2004.

Productos comercializados de la empresa SHENZHOU y elaborados por CHINESE MEDICAL CENTER., B.V. Ámsterdam, en envases de 100 tabletas de 300 mg.

- 5 envases de REGULARITY FORM. Fórmula 25: Run Chang Pian. En su composición figura la especie Vegetal Cannabis sativa, que se encuentra en el Anexo de la Orden SCO/190/2004.

Productos comercializados de la empresa MEDBOM,B.B. 1011 EK Ámsterdam, en envases de 100 o 50 tabletas de 300 o 800 mg, respectivamente.

- 9 envases de LILLY FORM. Fórmula 6: GUI Pi Pian. En su composición figura la especie vegetal Vladimiriae, que se encuentra en el Anexo de la Orden SCO/190/2004.

- 9 envases de ALL CLEAR FORM, Fórmula 38; Cang Er Zi Pian. En su composición figura la especie vegetal Xanthium sibiricum, que se encuentra en el Anexo de la Orden SCO/190/2004.

- 2 envases de PURIFACE FORM. Fórmula 46; Ping Re An Chiang Pian. En su composición figura (a especie vegetal Sophorae Tonkinensis, que se encuentra en el Anexo de la Orden SCO/190/2004.

- 5 envases do COPTIS FORM. Fórmula 43; Huang Lían Su Pian. En su composición figura la especie vegetal Chrysanthemi, quo se encuentra en el Anexo de la Orden SCO/190/2004.

- 2 envases de JAPAN FRUTI FORM. Fórmula 48 Huai Jiao Pian. En su composición figura la especie vegetal Sophorae, que se encuentra en el Anexo de la Orden SCO/190/2004.

- 2 envases de SLIM BEAU FORM, Fórmula 50 Xiao Pang Mei Pian. En su composición figura la especie vegetal Sophorae tonkinensis, que se encuentra en el Anexo de la Orden SCO/190/2004.

2) Con fecha 21 de febrero de 2006 se remitió a la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios toda la información recogida durante la inspección para la evaluación do la consideración legal de todos los productos inmovilizados, tanto los que contenían en su composición sustancias consideradas tóxicas como los que estaban elaborados con especies vegetales no incluidas en el anexo de la Orden Ministerial de 3 de octubre de 1973.

3) Por Acuerdo de iniciación de fecha 30 de agosto de 2006, del Director General de Farmacia y Productos Sanitarios, se dispuso la incoación de procedimiento sancionador.

4) Notificado el Acuerdo de Iniciación del procedimiento sancionador, la parte interesada presentó escrito de alegaciones.

5) Hecha Propuesta de Resolución fue notificada con indicación del derecho a efectuar alegaciones y a presentar los documentos e informaciones que tuviese por conveniente, sin que la demandante hiciera uso de este derecho.

6) Por resolución de fecha 22 de diciembre de 2006, del Consejero de Sanidad de la CAM, se consideró que se habían vulnerado:

  1. Los artículos 7,1 en relación con el 8.1, 9.1, 10, 11 al 14 y 42 de la Ley 25/1990, de 20 de diciembre, del Medicamento y articulo 95.2 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, actualmente artículos 9 y 42 de la Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los Medicamentos y Productos Sanitarios,

  2. El articulo 2 y Anexo de la Orden Ministerial de 3 de octubre de 1973, por la que se establece el registro especial para preparados a base de especies vegetales medicinales.

  3. El Anexo de la Orden SCO/190/2004, de 28 de enero, por la que se establece la lista de plantas cuya venta al público queda prohibida o restringida por razón de su toxicidad,

Se tipificó cada una de las infracciones como Muy Grave, por la puesta en el mercado de medicamentos sin haber obtenido la preceptiva autorización sanitaria, de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR