STSJ Comunidad de Madrid 386/2009, 19 de Febrero de 2009
Ponente | FRANCISCO JAVIER CANABAL CONEJOS |
ECLI | ES:TSJM:2009:23227 |
Número de Recurso | 1213/2006 |
Procedimiento | PROCEDIMIENTO ORDINARIO |
Número de Resolución | 386/2009 |
Fecha de Resolución | 19 de Febrero de 2009 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.2
MADRID
SENTENCIA: 00386/2009
Recurso 1213/06
SENTENCIA NÚMERO 386
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SECCION SEGUNDA
-----Ilustrísimos señores:
Presidente.
D. Juan Francisco López de Hontanar Sánchez
Magistrados:
Dª. Elvira Adoración Rodríguez Martí
D. Miguel Ángel García Alonso
D. Francisco Javier Canabal Conejos
Dª. Sandra María González de Lara Mingo
D. Marcial Viñoly Palop
-----------------En la Villa de Madrid, a diecinueve de febrero de dos mil nueve.
Vistos por la Sala, constituida por los señores del margen, de este Tribunal Superior de Justicia, los autos del recurso contencioso-administrativo número 1213/06, interpuesto por la mercantil TIBCO SOFTWARE INC, representada por la Procuradora de los Tribunales doña Consuelo Rodríguez Chacón, contra resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de fecha 17 de mayo de 2.006 que revoca, en alzada, acuerdo del mismo órgano de fecha 1 de julio de 2.005. Siendo parte la Oficina Española de Patentes y Marcas, representado por el Abogado del Estado; y la mercantil SERVICIOS PARA MEDIOS DE PAGO SA, representada por el Procurador de los Tribunales don Julio Antonio Tinaquero Herrero.
Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos en la ley, se emplazó a la demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó dentro de plazo, mediante escrito en el que se suplica se dicte sentencia declarando no ajustada a derecho la resolución administrativa objeto de impugnación.
El Abogado del Estado y la codemandada contestan a la demanda mediante sendos escritos en los que suplican se dicte sentencia en la que se confirme la resolución recurrida por encontrarse ajustada a derecho.
No habiéndose recibido el presente proceso a prueba se dio el trámite de conclusiones prevenido en el art. 78 de la Ley y quedaron los autos pendientes para votación y Fallo.
En este estado se señala para votación el día 19 de febrero de 2009, teniendo lugar así.
Siendo Ponente el Magistrado Iltmo. Sr. D. Francisco Javier Canabal Conejos.
A través del presente recurso jurisdiccional la mercantil recurrente impugna la resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de fecha 17 de mayo de 2.006 que revoca, en alzada, acuerdo del mismo órgano de fecha 1 de julio de 2.005 y deniega el registro de la marca nacional núm. 2.617.002 TIBCO para las clases 9, 41 y 42 del Nomenclátor.
La resolución del presente litigio requiere el previo análisis de los siguientes hechos:
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Con fecha 28 de abril de 2.004 la mercantil recurrente presentó solicitud de registro de la marca nacional núm. 2.617.002 TIBCO en la clase 9 para "Programas de ordenador para uso en integración de aplicaciones empresariales para permitir envíos seguros de información, datos, programas de ordenador y servicios de red interconectados por redes informáticas entre aplicaciones remotas de Programas de ordenador; Programas de ordenador para uso en bases de datos y aplicaciones integradas; Programas de ordenador para uso en e-business y transacciones electrónicas, Programas de ordenador para el control y monitoreo de actividades comerciales; hardware informático; servidores de ordenadores; Programas de ordenador para desarrollo, operación y asistencia de sistemas distribuidos; Programas de ordenador de comunicaciones; Programas de ordenador para redes informáticas; bases de datos de ordenadores; Programas de ordenador para monitorizar sistemas de ordenadores y redes, Programas de ordenador, Programas de ordenador para uso en desarrollo, personalización, administración y mantenimiento de portales y páginas web; Programas de ordenador para permitir envíos seguros de información, datos, programas de ordenador y servicios interconectados entre aplicaciones dispares de programas de ordenador y sistemas de redes de ordenadores"; en la clase 41 para "Servicios educativos; impartición de cursos sobre programas de ordenador, incluyendo programas de ordenador de integración, seguimiento y control de actividades comerciales, Programas de ordenador de comunicaciones, Programas de ordenador interconectado por redes informáticas, bases de datos y Programas de ordenador de e-business"; y, en la clase 42 para "Servicios de desarrollo de Programas de ordenador para clientes; servicios de programación, instalación, mantenimiento y puesta al día de Programas de ordenador; creación de bases de datos de ordenadores; servicios de integración de Programas de ordenador; servicio de seguimiento de redes permitiendo hacer copias de seguridad de redes informáticas, programas y sistemas".
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Publicada la solicitud de la marca en el Boletín oficial de la Propiedad Industrial, se acordó la suspensión del expediente por oposición de las siguientes marcas:
.- nacional nº 1.905.654 TIBC TARJETA INTELIGENTE DE BANCOS Y CAJAS en la clase 9 para "Aparatos e instrumentos científicos, náuticos, geodésicos, fotográficos, cinematográficos, ópticos, de pesar, de medida, de señalización, de control (inspección), de socorro (salvamento) y de enseñanza; aparatos para el registro, transmisión, reproducción del sonido o imágenes; soportes de registro magnéticos, discos acústicos; distribuidores automáticos y mecanismos para aparatos de previo pago; cajas registradoras, máquinas calculadoras, equipos para el tratamiento de la información y ordenadores; extintores y...
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STS, 7 de Junio de 2010
...de 2009 por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el recurso número 1213/2006, sobre denegación de la marca número 2.617.002, "Tibco", denominativa, para proteger entre otros productos, programas de ordenador, hardware ......