STSJ Comunidad de Madrid 780/2010, 17 de Junio de 2010
Ponente | JOSE IGNACIO ZARZALEJOS BURGUILLO |
ECLI | ES:TSJM:2010:8807 |
Número de Recurso | 708/2008 |
Procedimiento | PROCEDIMIENTO ORDINARIO |
Número de Resolución | 780/2010 |
Fecha de Resolución | 17 de Junio de 2010 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.5
MADRID
SENTENCIA: 00780/2010
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN QUINTA
S E N T E N C I A 780
Ilmos. Sres.:
Presidente:
D. José Alberto Gallego Laguna
Magistrados:
D. José Ignacio Zarzalejos Burguillo
Dª María Rosario Ornosa Fernández
Dª María Antonia de la Peña Elías
D. Santos Gandarillas Martos
__________________________________
En la villa de Madrid, a diecisiete de junio de dos mil diez.
VISTO por la Sala el recurso contencioso administrativo núm. 708/2008, interpuesto por el Procurador
D. Pablo Hornedo Muguiro, en representación de la entidad RAMARGO, S.A., contra la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid de fecha 26 de marzo de 2008, que desestimó la reclamación nº 28/02569/06 deducida contra acuerdo de la Agencia Tributaria que había estimado parcialmente la solicitud de devolución del Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte, primer trimestre de 2004; habiendo sido parte demandada la Administración General del Estado, representada y defendida por su Abogacía.
Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley de esta Jurisdicción, se emplazó a la parte actora para que formalizase la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de Derecho que estimó de aplicación, suplicaba se dicte sentencia que anule la resolución recurrida y ordene la devolución de 6.252 #20 euros.
El Abogado del Estado contestó a la demanda mediante escrito en el que suplicaba se dicte sentencia que desestime el recurso.
No habiéndose solicitado el recibimiento a prueba quedaron conclusas las actuaciones, señalándose para votación y fallo del recurso el día 15 de junio de 2010, en cuya fecha ha tenido lugar.
Ha sido Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. José Ignacio Zarzalejos Burguillo, quien expresa el parecer de la Sala.
El presente recurso tiene por objeto determinar si se ajusta o no a Derecho la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid de fecha 26 de marzo de 2008, que desestimó la reclamación deducida por la entidad actora contra acuerdo de la Agencia Tributaria que había estimado parcialmente la solicitud de devolución en concepto de Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte, primer trimestre de 2004.
Los hechos relevantes para el análisis del presente recurso, acreditados documentalmente, son los siguientes:
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- La entidad actora solicitó la devolución del reseñado impuesto por reventa y envío de medios de transporte fuera del territorio de aplicación del impuesto, por importe de 102.374#20 euros.
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- La Agencia Tributaria resolvió dicha solicitud acordando la devolución de 96.122#00 euros, negando la petición en relación con diversos vehículos vendidos a la empresa Delvin Consulting Ltd., domiciliada en Gibraltar, decisión confirmada en reposición por acuerdo de 19 de octubre de 2005, en el que se expresa que "no queda acreditado el envío con carácter definitivo de los vehículos fuera del territorio de aplicación del impuesto".
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- La sociedad actora impugnó dicho acuerdo ante el TEAR de Madrid, que dictó la resolución aquí recurrida desestimando la reclamación argumentando que en Gibraltar no son aplicables las normas relativas a la armonización fiscal comunitaria respecto al IVA y a los impuestos especiales, por cuyo motivo los documentos aportados no constituyen prueba plena del envío del vehículo fuera del...
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