STSJ Castilla y León 1986/2010, 24 de Septiembre de 2010

PonenteEZEQUIAS RIVERA TEMPRANO
ECLIES:TSJCL:2010:5490
Número de Recurso386/2006
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ORDINARIO
Número de Resolución1986/2010
Fecha de Resolución24 de Septiembre de 2010
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.CASTILLA-LEON CON/AD

VALLADOLID

SENTENCIA: 01986/2010

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEÓN

Sala de lo Contencioso-administrativo

Sección: 002

VALLADOLID

65591

C/ ANGUSTIAS S/N

Número de Identificación Único: 47186 33 3 2006 0100820

PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000386 /2006 LP

Sobre DOMINIO PUBLICO Y BIENES PATRIMONIALES

De EXPLOTACIONES ANTONA PASTOR, S.L.

Abogado: JOSE I. GONZALEZ OCHOA

Contra CONFEDERACION HIDROGRAFICA DEL DUERO

Representante: ABOGADO DEL ESTADO

SENTENCIA Nº 1986

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS

Don JAVIER ORAÁ GONZÁLEZ

Don RAMÓN SASTRE LEGIDO

Don EZEQUÍAS RIVERA TEMPRANO

En Valladolid, a veinticuatro de septiembre de dos mil diez. Visto por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, el presente recurso en el que se impugna la resolución de fecha 23 de enero de 2006, dictada por la Comisaría de Aguas de la Confederación Hidrográfica del Duero.

Son partes en dicho recurso:

Como recurrente: la entidad mercantil Explotaciones Antona Pastor, S.L., representada por la Procuradora de los Tribunales doña María Jesús Trimiño Rebanal y bajo dirección letrada de don José I. González Ochoa.

Como demandada: la Administración General del Estado, Confederación Hidrográfica del Duero, representada y defendida por la Abogacía del Estado.

Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado DON EZEQUÍAS RIVERA TEMPRANO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto y admitido a trámite el presente recurso, y una vez recibido el expediente administrativo, la parte recurrente dedujo demanda en la que, con base en los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se declare no ser conforme a derecho ni al ordenamiento jurídico la resolución impugnada y, en consecuencia, se declare la plena nulidad de la misma a todos los efectos, así como dejar sin efecto de clase alguna la pretendida sanción económica y el requerimiento cursado al demandante, con expresa imposición de las costas causadas en este proceso a la parte demandada.

SEGUNDO

La parte demandada, en su escrito de contestación, con base en los hechos y fundamentos de derecho expresados en el mismo, solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se desestime el presente recurso e imponga las costas a la parte actora.

TERCERO

El procedimiento se recibió a prueba desarrollándose la misma con el resultado que obra en autos.

CUARTO

Conferido traslado a las partes para presentar conclusiones se evacuó el trámite por ambas. Declarado concluso el pleito, se señaló para votación y fallo el 16 de septiembre de 2010.

QUINTO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales, salvo los plazos legales en ellas fijados por causa del volumen de pendencia y trabajo que soporta la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La resolución de la Confederación Hidrográfica del Duero de fecha 23 de enero de 2006, impugnada en este proceso, impuso a la Sociedad actora una multa de 6010,12 euros, requiriéndole, además, para que procediera a realizar el vertido de los residuos ganaderos de su explotación de acuerdo con el Código de Buenas Prácticas Agrarias, aprobado por la Junta de Castilla y León (Decreto 109/1998, de 11 de junio ), al considerarle autora de la infracción administrativa tipificada en el artículo 116.2.g) del Texto refundido de la Ley de Aguas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, y calificada como leve en el artículo 315 .j) del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, en base a los siguientes hechos que se estimaron probados: "Vertido, sin autorización, de residuos ganaderos (purín de ganado porcino) sobre el terreno, discurriendo por una pradera que va hacia un aliviadero en la parte más baja de la parcela,...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR