SAP Huesca 201/2010, 17 de Septiembre de 2010

PonenteGONZALO GUTIERREZ CELMA
ECLIES:APHU:2010:296
Número de Recurso167/2010
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución201/2010
Fecha de Resolución17 de Septiembre de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Huesca, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

HUESCA

SENTENCIA: 00201/2010

Apelación Civil 167/10 S170910.11G

Sentencia Apelación Civil Número 201

PRESIDENTE *

D. GONZALO GUTIÉRREZ CELMA *

MAGISTRADOS *

D. ANTONIO ANGÓS ULLATE *

D. JOSÉ LUIS OCHOA HORTELANO *

*

En Huesca, diecisiete de septiembre de dos mil diez.

En nombre del Rey, la Audiencia provincial de Huesca ha visto, en grado de apelación, los autos de Juicio Ordinario número 658/08 seguidos ante el juzgado de primera instancia de Fraga, promovidos por Lorenza dirigida por la letrado Sra. Betriu y representada por la procuradora Sr. Pisa Torner, contra Dionisio y Delia, como demandados, defendidos por el letrado Sr. Villas Espitia y representados por la procuradora Sra. Fañanás Puertas. Se hallan los autos pendientes ante este tribunal en virtud del presente recurso de apelación, tramitado al número 167 del año 2010, e interpuesto por los demandados, Dionisio y Delia . Es ponente de esta sentencia el magistrado GONZALO GUTIÉRREZ CELMA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Aceptamos y damos por reproducidos los señalados en la sentencia impugnada.

SEGUNDO

El indicado juzgado de primera instancia, en el procedimiento anteriormente circunstanciado, dictó la sentencia apelada el día 20 de mayo de 2009, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: " ESTIMO la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Casas en nombre y representación de Lorenza acordando el DESLINDE de la parcela NUM000 del polígono NUM001 (finca registral NUM002 ) copropiedad Lorenza respecto de las parcelas NUM003, NUM004 y NUM005 titularidad de los demandados Dionisio y Delia en su lindero sur conforme a lo declarado en esta resolución y al documento nº 19 bis de la demanda y CONDENADO a los demandados Dionisio y Delia a reintegrar a la actora la referida parcela catastral NUM000 al estado en que se hallaba antes de la ocupación debiendo abstenerse en el futuro de realizar actor perturbatorios o de despojo a la posesión o propiedad de dicho predio. No se hace expresa condena en costas."

TERCERO

Contra la anterior sentencia, los demandados Dionisio y Delia, dedujeron recurso de apelación. El juzgado lo tuvo por preparado y emplazó a la parte apelante por veinte días para que lo interpusiera, lo cual lo efectuó en plazo y forma presentando el correspondiente escrito en el que solicitó la revocación de la sentencia de instancia y se desestime íntegramente la demanda, con imposición a la parte actora de las costas de primera instancia. A continuación, el juzgado dio traslado a la demandante Lorenza, para que presentara escrito de oposición al recurso o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada en lo que pudiera serle desfavorable. En esa fase, la apelada formuló en tiempo y forma escrito de oposición al recurso. A continuación, el juzgado emplazó a las partes por término de treinta días ante este Audiencia y seguidamente se remitieron los autos a este Tribunal, en donde quedaron registrados al número 167/2010. Personadas las partes ante esta Audiencia y no habiéndose propuesto prueba ni solicitado vista, la Sala acordó que el recurso quedara pendiente de deliberación, votación y fallo, lo que tuvo lugar en el pasado día catorce. En la tramitación de esta segunda instancia no ha sido posible observar los plazos procesales por la atención prestada a los otros asuntos pendientes ante este tribunal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Aceptamos y damos por reproducidos los expuestos en la sentencia apelada salvando, no obstante, el error de hablar de la registral NUM002 en lugar de la registral NUM006 . Dicho error, cometido ya en el hecho primero de la demanda, es arrastrado en la sentencia apelada si bien ya en el acto de la audiencia previa, según puede verse en su grabación, dicho error fue corregido por la parte actora, tras haber sido puesto de manifiesto por el propio juez que presidió dicho acto, en el cual la parte actora también precisó que no pretendía que le fuera reconocida toda la extensión existente hasta la acequia sino que se...

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