STSJ Galicia 768/2010, 23 de Septiembre de 2010

PonenteJUAN SELLES FERREIRO
ECLIES:TSJGAL:2010:8145
Número de Recurso15684/2008
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ORDINARIO
Número de Resolución768/2010
Fecha de Resolución23 de Septiembre de 2010
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.GALICIA CON/AD SEC.4

A CORUÑA

SENTENCIA: 00768/2010

PONENTE: D. JUAN SELLES FERREIRO

RECURSO NUMERO: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 15684 /2008

RECURRENTE: BREA HERVES,S.L.

ADMINISTRACION DEMANDADA: TRIBUNAL ECONOMICO-ADMINISTRATIVO REGIONAL DE GALICIA

EN NOMBRE DEL REY

La Sección 4ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha pronunciado la

SENTENCIA

Ilmos. Sres. D.

JOSE MARIA GOMEZ Y DIAZ CASTROVERDE

JUAN SELLES FERREIRO

FERNANDO FERNANDEZ LEICEAGA

A CORUÑA, veintitrés de Septiembre de dos mil diez.

En el recurso contencioso-administrativo que, con el número 15684 /2008, pende de resolución ante esta Sala, interpuesto por

BREA HERVES,S.L., representado/a por el procurador D. MARCIAL PUGA GOMEZ, dirigido por la letrada D./ª MARIA SANMARTIN REY, contra ACUERDO DE 29-02-08 QUE DESESTIMA RECLAMACION CONTRA OTRO DE A.E.A.T. DE SANTIAGO DE COMPOSTELA SOBRE LIQUIDACIONES POR EL CONCEPTO IMPUESTO ESPECIAL SOBRE DETERMINADOS MEDIOS DE TRANSPORTE. Es parte la Administración demandada el TRIBUNAL ECONOMICO- ADMINISTRATIVO REGIONAL DE GALICIA, representado por el ABOGADO DEL ESTADO.

Es ponente el Ilmo. Sr. D. JUAN SELLES FERREIRO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido a trámite el presente recurso contencioso-administrativo, se practicaron las diligencias oportunas y, recibido el expediente, se dio traslado del mismo a la parte recurrente para deducir la oportuna demanda, lo que se hizo a medio de escrito en el que, en síntesis, tras exponer los hechos y fundamentos de Derecho que se estimaron pertinentes, se acabó suplicando que se dictase sentencia declarando no ajustada a Derecho la resolución impugnada en este procedimiento.

SEGUNDO

Conferido traslado a la parte demandada, se solicitó la desestimación del recurso, de conformidad con los hechos y fundamentos de Derecho consignados en la contestación de la demanda.

TERCERO

No habiéndose recibido el asunto a prueba y declarado concluso el debate escrito, quedaron las actuaciones sobre la mesa para resolver.

CUARTO

En la sustanciación del recurso se han observado las prescripciones legales, siendo la cuantía del mismo de 1.174,32 euros.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Se impugna en el presente procedimiento ordinario la resolución dictada por el Tribunal Económico - Administrativo Regional de Galicia en fecha 29 de febrero de 2008 en las reclamaciones acumuladas nº 15/2418/07, 152419/07 y 15/2420/07 interpuestas por don José Luis Brea Hervés en nombre y representación de BREA HERVÉS SL CONTRA Las resoluciones de la delegación de la A.E.A.T. en Santiago de Compostela por las que se desestiman los recursos de reposición interpuestos contra diversas liquidaciones por el concepto de Impuesto Especial sobre determinados Vehículos de Transporte.

La cuestión central del recurso gira alrededor de la determinación de la base imponible del Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte (IEDMT) en relación con vehículos objeto de promoción por parte de un concesionario de vehículos, en este caso la entidad demandante y en el cual, incluido el vehículo en la promoción, con especificación de modelo, importe...

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