SAP Murcia 492/2010, 28 de Septiembre de 2010

PonenteFERNANDO LOPEZ DEL AMO GONZALEZ
ECLIES:APMU:2010:2136
Número de Recurso40/2010
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución492/2010
Fecha de Resolución28 de Septiembre de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

MURCIA

SENTENCIA: 00492/2010

Rollo: RECURSO DE APELACION (LECN) 0000040 /2010

J. Murcia nº Ocho

Verbal 1365/2008

S E N T E N C I A nº 492/2010

Ilmos Sres.

D. Andrés Pacheco Guevara

Presidente

D. Fernando López del Amo González

Don Cayetano Blasco Ramón

Magistrados

En Murcia, a veintiocho de septiembre de dos mil diez.

Habiendo visto en grado de apelación la Sección Primera de esta Ilma. Audiencia Provincial los autos de Juicio Verbal nº 1365/2008, que en Primera Instancia se han seguido en el Juzgado civil de Murcia nº Ocho entre las partes: como actora Jose Carlos y Alexis, representada por el Procurador Sr/a. Gálvez Manteca y dirigida por el Letrado Sr/a. Lusilla Oliván, y como demandada la Dirección General del Registro y del Notariado, representada y defendida por el Abogado del Estado y Eufrasia, representada por el Procurador Sr/a. Torres Alessón y dirigida por el Letrado Sr/a. Egea Villa.

En esta alzada actúa como apelante Jose Carlos y Alexis, personándose por el Procurador Sr/a Gálvez Manteca, y como apeladas la Dirección General del Registro y del Notariado, personándose por el Abogado del Estado, y Eufrasia, personándose por el Procurador Sr/a Torres Alessón. Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Don Fernando López del Amo González, que expresa la convicción del Tribunal.

A N T E C E D E N T E S D E H E C H O
PRIMERO

El Juzgado de Instancia citado, con fecha 10 de septiembre de 2009 dictó en los autos principales de los que dimana el presente Rollo la Sentencia cuya parte dispositiva dice así:" FALLO: Que desestimando la demanda interpuesta por el Procurador D. Isidoro Gálvez Manteca, en nombre y representación de D. Jose Carlos, contra la calificación negativa del Registrador del Registro de la Propiedad nº2 de San Javier de fecha 10 de julio de 2008, habiéndose personado el Abogado del Estado, en representación de la Dirección General de los Registros y del Notariado, y Dª Eufrasia, representada por la Procuradora Dª. María José Torres Alesson, debo confirmar y confirmo dicha calificación, con imposición a la parte demandante de las costas procesales causadas en esta instancia".

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia en tiempo y forma se interpuso recurso de apelación por Jose Carlos y Alexis basándolo en síntesis en que se estimara su demanda.

Admitido a trámite el recurso se dio traslado a las otras partes, quienes presentaron escrito oponiéndose al mismo, pidiendo la confirmación de la sentencia.

TERCERO

Por el Juzgado se remitieron los autos originales a esta Audiencia en la que se formó el oportuno Rollo 40/2010 por la Sección Primera; por medio del correspondiente proveído se acordó traer los autos a la vista para dictar sentencia, señalándose para la celebración de la deliberación y fallo el día 28 de septiembre de 2.010.

CUARTO

En la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.

F U N...

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