STSJ Galicia 621/2010, 17 de Junio de 2010

PonenteJUAN SELLES FERREIRO
ECLIES:TSJGAL:2010:7494
Número de Recurso15316/2009
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ORDINARIO
Número de Resolución621/2010
Fecha de Resolución17 de Junio de 2010
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.GALICIA CON/AD SEC.4

A CORUÑA

SENTENCIA: 00621/2010

PONENTE: D. JUAN SELLES FERREIRO

RECURSO NUMERO: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0015316/2009

RECURRENTE: O CANTIÑO MIÑO,S.L.U.

ADMINISTRACION DEMANDADA: TRIBUNAL ECONOMICO-ADMINISTRATIVO REGIONAL DE GALICIA

CODEMANDADA: CONSELLERIA DE ECONOMIA E FACENDA

EN NOMBRE DEL REY

La Sección 004 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha pronunciado la

SENTENCIA

Ilmos./as. Sres./as. D./Dª

JOSE MARIA GOMEZ Y DIAZ CASTROVERDE

JUAN SELLES FERREIRO

FERNANDO FERNANDEZ LEICEAGA

A CORUÑA, diecisiete de Junio de dos mil diez.

En el recurso contencioso-administrativo que, con el número 0015316/2009, pende de resolución ante esta Sala, interpuesto por O CANTIÑO MIÑO,S.L.U.,

representada por el procurador D. JAIME DEL RIO ENRIQUEZ, dirigida por la letrada Dª INES DIAZ VARELA, contra ACUERDO DE 27-10-08 QUE DESESTIMA RECLAMACION CONTRA OTRO DE CONSELLERIA DE ECONOMIA E FACENDA EN A CORUÑA SOBRE LIQUIDACION PROVISIONAL POR IMPUESTO TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y ACTOS JURIDICOS DOCUMENTADOS. REC.15/64/2008. Es parte la Administración demandada el TRIBUNAL ECONOMICO-ADMINISTRATIVO REGIONAL DE GALICIA, representado por el ABOGADO DEL ESTADO, y como parte codemandada CONSELLERIA DE ECONOMIA E FACENDA, representada por el LETRADO DE LA XUNTA DE GALICIA.

Es ponente el Ilmo. Sr. D. JUAN SELLES FERREIRO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido a trámite el presente recurso contencioso-administrativo, se practicaron las diligencias oportunas y, recibido el expediente, se dio traslado del mismo a la parte recurrente para deducir la oportuna demanda, lo que se hizo a medio de escrito en el que, en síntesis, tras exponer los hechos y fundamentos de Derecho que se estimaron pertinentes, se acabó suplicando que se dictase sentencia declarando no ajustada a Derecho la resolución impugnada en este procedimiento.

SEGUNDO

Conferido traslado a las partes demandada y codemandada, se solicitó la desestimación del recurso, de conformidad con los hechos y fundamentos de Derecho consignados en las contestaciones de la demanda.

TERCERO

No habiéndose recibido el asunto a prueba y declarado concluso el debate escrito, quedaron las actuaciones sobre la mesa para resolver.

CUARTO

En la sustanciación del recurso se han observado las prescripciones legales, siendo la cuantía del mismo de 10.131,52 euros.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Se impugna en el presente procedimiento ordinario la resolución dictada por el Tribunal Económico - Administrativo Regional de Galicia en fecha 27 de octubre de 2008 en la reclamación número 15/64/2008 interpuesto por don Alfonso en representación de O CANTIÑO E MIÑO SLU contra acuerdo dictado por el servicio de gestión tributaria de la delegación en A Coruña de la Consellería de Economía en Facenda de la Xunta de Galicia por el que se practica liquidación provisional por el concepto de Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados en cuantía de 10.131,52 euros y contra acuerdo denegatorio de la solicitud de suspensión de la liquidación .

Sustancialmente, los hechos relevantes para la resolución del asunto se contraen a que la demandante presentó ante la Oficina Liquidadora de la delegación en A Coruña de la Consellería de Economía en Facenda de la Xunta de Galicia escritura pública de declaración constitución de...

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