STSJ Cataluña , 10 de Octubre de 2000

JurisdicciónEspaña
Fecha10 Octubre 2000

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA Rollo de apelación n° 8/00 SENTENCIA N° 822 Ilmos. Sres.

PRESIDENTE:

D. MANUEL QUIROGA VÁZQUEZ MAGISTRADOS:

D. MANUEL TÁBOAS BENTANACHS D. FRANCISCO LÓPEZ VÁZQUEZ En la ciudad de Barcelona, a diez de octubre de dos mil. VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN TERCERA), constituida para la resolución de este recurso de apelación, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el rollo de apelación n° 8/00, interpuesto, como parte apelante, por D. Rodrigo , representado y defendido por el Letrado D. Joan Comas Masmitja; y como parte apelada el AYUNTAMIENTO DE PIERA representado y asistido por la Letrada Dª.

Nuria Hocajo Martínez.

Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. MANUEL QUIROGA VÁZQUEZ, quien expresa el parecer de la SALA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En los autos 833/99-J del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n° 2 de Barcelona recayó Auto en fecha 26 de Mayo de 1999 por la que se autoriza la entrada en el inmueble sito en el n°

NUM000 de la CALLE000 de la URBANIZACIÓN000 de Piera.

SEGUNDO

Los actores interpusieron contra la misma recurso de apelación que, admitido y tramitado, fue remitido a esta Sección y Sala, señalándose para su votación y Fallo el día 11 de abril de 2.000.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Dn. Rodrigo impugna en esta alzada la resolución de 26 de mayo de 1.999 del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n° 2 de Barcelona que autorizó la entrada en el inmueble sito en el n°

NUM000 de la c/ CALLE000 , de la URBANIZACIÓN000 " del término municipal de PIERA para la clausura de una actividad de crianza de perros sin autorización administrativa.

SEGUNDO

Se objeto por el apelante que el Juzgado autorizante no ha tenido en cuenta que contra la resolución administrativa de clausura de la actividad se sigue ante la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña el recurso número 401 de 1.999 en el que se sustancia pieza separada de suspensión de la que el Ayuntamiento demandado tiene sobrado conocimiento desde el 3 de mayo del 99, cuya competencia es exclusiva de dicho Tribunal para cuantas...

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