STSJ Comunidad Valenciana 363/2010, 14 de Abril de 2010

PonenteMANUEL JOSE BAEZA DIAZ-PORTALES
ECLIES:TSJCV:2010:2635
Número de Recurso1523/2008
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución363/2010
Fecha de Resolución14 de Abril de 2010
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA

COMUNIDAD VALENCIANA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCION TERCERA

En la ciudad de Valencia a catorce de abril de dos mil diez

La Sección 3ª de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres D. JUAN LUIS LORENTE ALMIÑANA, Presidente,

D. MANUEL JOSÉ BAEZA DÍAZ PORTALES y D.AGUSTÍN GÓMEZ MORENO MORA, Magistrados, ha pronunciado la siguiente

SENTENCIA Nº 363

En el recurso contencioso administrativo nº 1523/08 interpuesto por la mercantil SOLADOS MEDITERRÁNEO, SOCIEDAD LIMITADA, representada por la procuradora Adriana y asistida del letrado Gumersindo, contra la Resolución adoptada con fecha 29.11.2007 por el Tribunal Económico-Administrativo Regional de Valencia, desestimatoria de la reclamación en su día formulada por la hoy demandante contra el acuerdo de la Inspección Regional de la Delegación Especial de Valencia de la AEAT, mediante el que se impuso sanción por la comisión de una infracción tributaria grave del art. 79.d) LGT#63 ; habiendo sido parte demandada en los autos el TRIBUNAL ECONÓMICO- ADMINISTRATIVO REGIONAL DE VALENCIA, representado y asistido por el ABOGADO DEL ESTADO, y Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. MANUEL JOSÉ BAEZA DÍAZ PORTALES.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por ley, se emplazó a la demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en que suplicó que se dictase sentencia declarando no ajustada a Derecho la resolución recurrida.

SEGUNDO

Por la parte demandada se contestó a la demanda mediante escrito en el que solicitó que se dictase sentencia por la que se confirme la resolución recurrida.

TERCERO

No habiéndose recibido el proceso a prueba se emplazó a las partes para que evacuasen el trámite prevenido en el art. 64 de la Ley Reguladora de esta Jurisdicción, y cumplido dicho trámite quedaron los autos pendientes de votación y fallo.

CUARTO

Se señaló la votación y fallo del recurso para el día 7 de abril de 2010.

QUINTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se interpone el presente recurso contencioso-administrativo frente a la Resolución adoptada con fecha 29.11.2007 por el Tribunal Económico-Administrativo Regional de Valencia, desestimatoria de la reclamación en su día formulada por la hoy demandante contra el acuerdo de la Inspección Regional de la Delegación Especial de Valencia de la AEAT, mediante el que se impuso sanción por la comisión de una infracción tributaria grave del art. 79.d) LGT#63, consistente en determinar o acreditar improcedentemente partidas a deducir o a compensar en la base de declaraciones futuras correspondiente a los cuatro trimestres del ejercicio 2003 del Impuesto sobre el Valor Añadido.

La actora fundamenta su demanda, además de en otro tipo de motivos recursivos, en las alegaciones de ausencia de culpabilidad y falta de motivación del acuerdo sancionador.

La Abogacía del Estado se ha opuesto a la estimación del recurso.

SEGUNDO

Debe ser acogido el motivo de impugnación que plantea la actora consistente en que las infracciones tributarias no pueden ser entendidas como una responsabilidad objetiva, sin que en ningún momento del expediente sancionador se haga...

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