STSJ Comunidad Valenciana 362/2010, 14 de Abril de 2010

PonenteMANUEL JOSE BAEZA DIAZ-PORTALES
ECLIES:TSJCV:2010:2602
Número de Recurso1514/2008
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución362/2010
Fecha de Resolución14 de Abril de 2010
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA

COMUNIDAD VALENCIANA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCION TERCERA

En la ciudad de Valencia a catorce de abril de dos mil diez.

La Sección 3ª de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres D. JUAN LUIS LORENTE ALMIÑANA, Presidente,

D. MANUEL JOSÉ BAEZA DÍAZ PORTALES y D.AGUSTÍN GÓMEZ MORENO MORA, Magistrados, ha pronunciado la siguiente

SENTENCIA Nº 362

En el recurso contencioso administrativo nº 1514/08 interpuesto por Virginia, representada por la procuradora ROSA RODRÍGUEZ GIL y asistida del letrado CARLOS PINEDA NEBOT, contra la resolución adoptada con fecha 21.12.2007 por el Tribunal Económico-Administrativo Regional de Valencia, mediante la que se desestima la reclamación en su día formulada por la hoy demandante contra la resolución desestimatoria del recurso de reposición deducido contra la diligencia de embargo NUM001, dictada por la Dependencia Regional de Recaudación de la Delegación de Valencia de la Agencia Tributaria para el cobro de la liquidación NUM000, en concepto de "IRPF RETENCIONES ING. A CTA. ARR. 2004 MOD 180", por importe de 1002,49 #; habiendo sido parte demandada en los autos el TRIBUNAL ECONÓMICOADMINISTRATIVO REGIONAL DE VALENCIA, representado y asistido por el ABOGADO DEL ESTADO, y Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. MANUEL JOSÉ BAEZA DÍAZ PORTALES.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por ley, se emplazó a la demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en que suplicó que se dictase sentencia declarando no ajustada a Derecho la resolución recurrida.

SEGUNDO

Por la parte demandada se contestó a la demanda mediante escrito en el que solicitó que se dictase sentencia por la que se confirme la resolución recurrida.

TERCERO

No habiéndose recibido el proceso a prueba se emplazó a las partes para que evacuasen el trámite prevenido en el art. 64 de la Ley Reguladora de esta Jurisdicción, y cumplido dicho trámite quedaron los autos pendientes de votación y fallo.

CUARTO

Se señaló la votación y fallo del recurso para el día 7 de abril de 2010.

QUINTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se interpone el presente recurso contencioso-administrativo frente a la resolución adoptada con fecha 21.12.2007 por el Tribunal Económico-Administrativo Regional de Valencia, mediante la que se desestima la...

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